El Gobierno de Canarias ha decretado hoy una serie de medidas de control para los pasajeros que se desplacen en el ámbito de esta comunidad autónoma independientemente de su procedencia y del medio que utilicen, siguiendo con las medidas preventivas para evitar la propagación del coronavirus o Covid-19 entre la población de las islas.
El objetivo es limitar el uso de los medios de transporte por aire y mar
En ese decreto se recoge también la orden para establecer desde hoy mismo los controles preventivos en todos los aeropuertos canarios con conexiones con la península, para tomar la temperatura a los viajeros que lleguen de fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias, controles que realizará personal cualificado y con las medidas de protección adecuadas.
La Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias ha encargado a Cruz Roja la realización de los controles que se realicen en los aeropuertos con llegadas de pasaje desde la península mediante equipos de personal sanitario cualificado.
CONTROLES PREVENTIVOS
Este decreto, que ha sido consensuado por las consejerías de Obras Públicas, Transportes y Vivienda y la de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, con la finalidad de establecer controles preventivos para limitar el uso de los medios de transporte por aire y mar sólo a aquellos pasajeros que justifiquen debidamente la necesidad inaplazable de viajar mientras dure el estado de alarma decretado por el Estado para frenar la expansión del coronavirus.
El decreto publicado hoy también dictamina que todos los desplazamientos entre islas o con la península deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada.
De esta forma, y también a partir de hoy, se exigirá a todos los viajeros por vía marítima o aérea la presentación de una declaración responsable firmada en la que se justifique el motivo del viaje. Esa declaración responsable será recabada por las compañías aéreas y marítimas a cada uno de los pasajeros antes de iniciar el viaje.
Será obligatorio la presentación de una declaración responsable firmada en la que se justifique el motivo del viaje
Las causas por las que se pueden efectuar desplazamientos de personas por vía aérea o marítima en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia de su procedencia, son las siguientes: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; cualquier otra actividad de análoga naturaleza; o para garantizar el abastecimiento de bienes y servicios a la población (esta causa no deberá realizarse individualmente).
Para justificar este requisito es obligación del viajero cumplimentar la declaración responsable que le será facilitada antes del viaje. La persona que incumpla con la obligación de cumplimentar la misma o con las causas que justifican el desplazamiento, serán identificadas y comunicadas a la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias, que adoptará las medidas que procedan.
El decreto presidencial también establece que en los aviones y en los buques en los que el billete otorga una plaza sentada o camarote, los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros, debiendo limitar su ocupación al 50% de su capacidad.
LLEGADAS AÉREAS NACIONALES
Finalmente, se establecen controles de temperatura en las zonas de llegada de todos los aeropuertos canarios que mantienen sus conexiones con la península mientras dure el estado de alarma para prevenir la llegada de personas contagiadas y evitar una mayor propagación dentro de las islas.
Los responsables del aeropuerto facilitarán la actuación de estos equipos para que la toma de temperatura se realice a las personas de todos los vuelos, incluida la tripulación, así como para que se realice en la forma que se indica por las autoridades sanitarias.
Quienes muestren temperatura elevada u otros síntomas como tos, serán apartados para la realización de un test
La revisión consistirá en la toma de temperatura con un termómetro digital. Quienes muestren una temperatura normal, se podrán ir a sus casas sobre la marcha. Quienes muestren temperatura elevada u otros síntomas como tos, serán apartados para la realización de un test escrito y se les tomará una muestra allí mismo, que se mandará a analizar de inmediato. Después, se irán a casa en régimen de cuarentena. Se espera que los resultados estén en un plazo de 10 horas.
En la toma de temperatura se observarán los siguientes principios: Se realizará a todas las personas con independencia de su edad y condición física; se realizará con el máximo respeto a la persona, evitando cualquier contacto físico con la misma; se realizará con termómetros sin contacto corporal, debidamente homologados; se realizará con la máxima agilidad en la terminal de llegada, antes del acceso a la recogida de equipajes; se habilitará un espacio adecuado, en lugar techado, aislado de las restantes zonas del aeropuerto y suficientemente amplio para evitar aglomeraciones en la espera, de forma que se pueda guardar la distancia de seguridad entre las personas recomendada por las autoridades sanitarias.
En caso de que se detecte alguna persona con fiebre u otro de los síntomas de Covid-19 se procederá de acuerdo con lo establecido por las autoridades sanitarias y se le comunicará a la autoridad sanitaria, previa identificación del pasajero, para que adopte las medidas oportunas.