España, entre los pocos países de Europa que no reconocen la Covid-19 como enfermedad ocupacional

No obstante, junto con Italia, España sí reconoce la Covid-19 persistente con el estatus de ‘accidente de trabajo’

Sanitaria en España protegiéndose de la Covid 19. (Foto: Freepik)
Sanitaria en España protegiéndose de la Covid 19. (Foto: Freepik)
Itziar Pintado
11 diciembre 2024 | 19:30 h

Hace más de cuatro años desde que se inició la pandemia de Covid-19, una situación que generó un gran impacto en el entorno laboral en la Unión Europea (UE). Aunque el 5 de mayo de 2023 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el fin de la pandemia, todavía muchos países reconocen la infección por Covid-19 como un problema que trasciende a varios ámbitos. Uno de ellos es el entorno laboral.

Es por esta razón por la que un gran número de países de Europa han llegado a considerar la Covid-19 como un problema de salud de carácter ocupacional. En concreto son 29 países los que reconocen la infección como enfermedad de trabajo, bien sea patología profesional, accidente de trabajo u origen ocupacional posible. Así lo refleja el último informe publicado por la   entidad de encuestas europeas ‘Eurostat’.

Bulgaria, Chequia, Estonia, Francia, Croacia, Chipre, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Suecia y Suiza son los países que la reconocen como enfermedad profesional. Italia lo hace como accidente de trabajo, mientras que Bélgica, Dinamarca, Alemania, Letonia, Austria, Eslovenia, Finlandia, Noruega y Ucrania admiten la Covid-19 como “posible accidente de trabajo y enfermedad profesional”, al tiempo que Irlanda y Grecia la consideran “origen ocupacional desconocido”.

El sector sanitario es el principal ámbito en el que la Covid-19 se reconoce como enfermedad profesional

En cuanto a los sectores económicos y ocupaciones afectadas por este reconocimiento, el sector sanitario es el principal ámbito en el que la Covid-19 se reconoce como enfermedad profesional. Este reconocimiento se da en todos los países que incluyen la infección en el estatus legal de patología ocupacional o accidente de trabajo.

No es el caso de España, donde la Covid-19 no se incluye dentro de ninguna de estas categorías. “En España existe un acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declara el fin de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 a nivel nacional. Una de las consecuencias es que aquellos procesos de incapacidad temporal, a partir del 5 de julio, con diagnóstico de infección por Covid-19, dejarán de ser considerados una situación asimilada a accidente de trabajo”, sostiene el informe.

RECONOCIMIENTO DE LA COVID-19 PERSISTENTE

La situación cambia cuando hablamos de Covid-19 prolongada, también conocida como persistente. Y es que, algunas personas que se infectaron por el virus SARS-CoV-2 han desarrollado a largo plazo una serie de efectos. De hecho, la OMS define la forma persistente de la infección como “la continuación o el desarrollo de nuevos síntomas 3 meses después de la infección inicial por SARS-CoV-2, con una duración de estos síntomas de al menos 2 meses sin que exista otro problema de salud”.

Pese a que el número de países que reconocen la infección prolongada es menor, España sí se incluye en esta lista. Junto con Italia, nuestro país reconoce la Covid-19 prolongada como un accidente de trabajo, aunque únicamente dentro del sector sanitario. En concreto, “el proceso de incapacidad temporal por Covid persistente tendrá la consideración de recaída del proceso infeccioso y tendrá la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo exclusivamente a efectos de la prestación económica, y únicamente en el caso de trabajadores sanitarios o sociosanitarios”, indica el informe.

Nuestro país reconoce la Covid-19 prolongada como un accidente de trabajo, aunque únicamente dentro del sector sanitario

Por su parte, “solamente podrán considerarse recaída aquellos casos de Covid persistente asociados a un caso registrado de Covid-19 con anterioridad al 5 de julio de 2023. Para el resto de trabajadores, la forma prolongada de la infección se considera un proceso de incapacidad temporal por contingencias comunes a todos los efectos”, indica el informe.

Además, los profesionales que deban parar su actividad laboral como consecuencia de los efectos del Covid persistente en nuestro país podrán recibir la compensación económica que concede el sistema de Seguridad Social a las personas afectadas por una enfermedad profesional, como concluye ‘Eurostat’.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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