El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado recientemente el recurso de la trabajadora de una residencia de mayores, que solicitaba que su baja médica por ansiedad se derivara de accidente de trabajo.
Al parecer, tal y como detalla la sentencia, la demandante no había querido vacunarse por el coronavirus. Dada su decisión, la residencia “adoptó medidas encaminadas a preservar la salud de los usuarios del centro y del resto de operarios”, se explica. Por ello cambiaron a esta trabajadora a lugares de la residencia con menos usuarios y le explicaron que debía utilizar equipo de protección individual (EPI).
Debido a ello la mujer tuvo una baja médica por "trastorno de ansiedad luz de neón”, pues presentaba “preocupación excesiva, miedos, pensamientos confusos y dolores de cabeza”. Esta baja fue catalogada como contingencia común, es decir, que sus causas no tienen nada que ver con el trabajo. Pero la empleada ha insistido en que su patología sí que derivaba del trabajo, por la “presión jerárquica y constante que ha tenido que vivir ante su decisión de no vacunarse”.
Esta baja fue catalogada como contingencia común
Finalmente, el tribunal ha desestimado que la causa fuera la que alega la trabajadora, ya que “la consideración de accidente de trabajo se cumple sólo cuando su causa exclusiva sea la ejecución del trabajo”. La patología tendría que derivar únicamente del ejercicio profesional, no sólo estar relacionada.
Pero, ¿es posible declarar accidente de trabajo el trastorno de ansiedad? La respuesta es sí. En mayo de este mismo año el TSJ de Cantabria confirmó que una baja por ansiedad a causa de los comentarios de compañeros se trataba de un accidente laboral.
En el 2020 se llegó a considerar como profesional el estrés sufrido por una trabajadora municipal ante la desorganización de su Departamento de adscripción. “La patología mental de la trabajadora viene motivada por una prolongada situación de tensión derivada en exclusiva del trabajo, dada la desorganización del departamento al que estaba adscrita, sin que existan agentes externos que incidan en su estado depresivo, de modo que existe un nexo causal directo e inequívoco entre la afección y la ejecución de la actividad laboral” se determinó.
El INSST explica que, tras analizar 363 patologías no traumáticas sobre salud mental, los episodios de ansiedad representaron el 73% de los casos
Si bien ya sabemos que es posible causar ansiedad como accidente laboral, contando con el elemento de que la causa exclusiva sea el trabajo, cabe preguntarse qué dice el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) sobre la ansiedad en el trabajo. El informe de este verano del INSST explica que, tras analizar 363 patologías no traumáticas sobre salud mental, los episodios de ansiedad representaron el 73% de los casos.
De hecho, las ocupaciones que acumulan mayor número de casos son médicos o profesionales de enfermería y partería. Además, existen algunas características laborales que favorecen la aparición de la ansiedad, como la temporalidad, la ausencia de contrato formalizado y el trabajo en ciertas actividades, entre las que destacan las actividades sanitarias y de servicios sociales con un 6,6% de prevalencia.
En cuanto a la prevalencia del estrés, ansiedad o depresión causada o empeorada por el trabajo, vemos un 1,7% en actividades sanitarias y de servicios sociales, la mayor parte en mujeres. De hecho, no sólo la ansiedad es más prevalente en mujeres, si no que la prevalencia aumenta también con la edad, alcanzando el 5,4% en los mayores de 50 años. Estos datos, concluye el instituto obligan a concretar, en cada una de las actividades, la forma más eficaz de evaluar el riesgo psicosocial y establecer la vigilancia de la salud más idónea y específica para la detección precoz de estos trastornos.