El ‘derecho al olvido’ es un nombre que generalmente se emplea para proteger los datos de las personas. En este sentido, hay otro término similar que, pese a que es fundamental para los largos supervivientes de cáncer, aún no logra desarrollarse del todo: el derecho al olvido oncológico. Para entender la importancia de esta cuestión, es necesario explicar que, aunque para la mayoría de las personas es relativamente sencillo contratar un seguro de vida o solicitar un préstamo, para los pacientes de cáncer puede suponer toda una pesadilla. Esto se debe a que, hasta hace poco, debían declarar su enfermedad, algo por lo que se les discriminaba en el momento de pedir productos financieros.
Esta situación cambió en el año 2023, cuando se publicó el Real Decreto que incorpora el derecho al olvido oncológico en la normativa española. La norma aprobada establece el derecho al olvido oncológico en la contratación de seguros y productos bancarios de los pacientes largos supervivientes, es decir, pacientes de patologías oncológicas una vez transcurridos cinco años desde la finalización del tratamiento sin recaída. El problema radica en que, según explican desde la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), la normativa no se ha desarrollado en ciertos aspectos, como son la cuantía del préstamo o cómo solicitarlo. Además, queda restringida a préstamos pero es ambigua en la solicitud de seguros.
“El principal problema del derecho al olvido oncológico es la ambigüedad que existe al definir la finalización del tratamiento con intención curativa sin una recaída posterior”
“El principal problema del derecho al olvido oncológico es la ambigüedad que existe al definir la finalización del tratamiento con intención curativa sin una recaída posterior”, explica para ConSalud.es la Dra. Isabel Echavarría, secretaria científica de SEOM y oncóloga médico del Hospital Gregorio Marañón de Madrid.
La experta, además, indica que esto puede interpretarse de distintas maneras, en especial ahora que en algunos tumores se administran tratamientos de larga duración en pacientes con tumores localizados, “como por ejemplo la hormonoterapia del cáncer de mama, que se pauta durante cinco a diez años".
Además, “no se especifica si la finalización del tratamiento oncológico hace referencia a la cirugía con intención curativa, fin de la quimioterapia, radioterapia, o finalización de todo tratamiento”. Esto puede generar problemas importantes en su interpretación e implementación. “Por otro lado, en la norma no queda clara la aplicación de esta medida en pacientes con recaídas en las que se puede llevar a cabo un tratamiento con intención curativa”, añade la doctora.
En este contexto de ambigüedad, SEOM considera prioritario acabar con el estigma del diagnóstico del cáncer, y se aplauden las medidas destinadas a normalizar la vida de los pacientes con cáncer y de aquellos que lo han superado. “Esta medida puede ayudar a reducir el impacto del diagnóstico del cáncer en pacientes jóvenes y mitigar sus consecuencias sobre el proyecto vital de los pacientes. Sin embargo, es fundamental definir bien el punto a partir del cual se considera que se ha finalizado el tratamiento para poder implementar la medida y evitar controversias”. Medidas como estas ayudarán a evitar la discriminación de los supervivientes de cáncer.
“No tenemos constancia de que haya habido modificaciones o avances desde la publicación de esta normativa”
Pese a la importancia de la cuestión, la doctora comenta que aún no se sabe en qué punto está ahora mismo el desarrollo del derecho al olvido oncológico. “No tenemos constancia de que haya habido modificaciones o avances desde la publicación de esta normativa”, indica.
Sin esta normativa, los supervivientes de cáncer en general, y los más jóvenes en concreto, podían tener restringido el acceso a productos financieros como hipotecas, préstamos o seguros. “Estos pacientes, tras finalizar el tratamiento de su cáncer, deben continuar con su vida, haciendo frente sin embargo a secuelas físicas, emocionales y un indudable impacto en su proyecto de vida, además de la discriminación que podía existir en la contratación de estos productos, dificultando aún más la normalización de su vida”.
El cáncer es un problema de salud a nivel mundial y, solo en España, se estima que se diagnosticarán en 2024 más de 286.000 nuevos casos. No obstante, el problema no se queda ahí, sino que va en aumento: se calcula que en España se diagnosticarán más de 340.000 casos de cáncer al año para 2040. En este escenario, se está observando también un incremento en la incidencia de cáncer a edades jóvenes a nivel mundial. “Gracias a la mejora de las técnicas diagnósticas y avances terapéuticos, el pronóstico del cáncer ha mejorado de forma significativa en las últimas décadas, traduciéndose en un aumento progresivo en el número de supervivientes de cáncer”. Esto hace que cada vez más pacientes se vean afectados por la medida. Por ello, “deben aclararse los aspectos más ambiguos de la ley para garantizar su aplicación”, concluye la secretaria científica de SEOM.