La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado Sentencia, tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, que confirma la anterior de primera instancia y se condena a la compañía de seguros Berkley, como aseguradora del Servicio Murciano de Salud (SMS), a indemnizar con 488.631 Euros más intereses sancionadores por graves daños con ocasión de una asistencia médica.
Los hechos se remontan al año 2012 cuando la paciente fue sometida a una cesárea electiva en el Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca de Murcia (HUVA). Días más tarde la paciente recibió el alta médica, sin embargo, al poco tiempo sufrió una hemorragia vaginal grave por la que tuvo que ingresar en urgencias del mismo hospital, donde se le practicó un degradado y se le colocó un taponamiento intrauterino, debido a que el sangrado persistía.
La paciente fue dada de alta con tratamiento de diálisis crónico y un 66% de munusvalía
Horas más tarde los médicos le practicaron una embolización urgente, cuando ya le fallaban los riñones y tuvo que ser hemodializada. Los especialistas en reanimación indicaron a los ginecólogos que se le debían extraer los coágulos del útero porque estaban provocando más consumo de factores de coagulación, a pesar de lo cual éstos decidieron una actitud expectante. A partir de aquí cada vez su estado fue más grave y a la hemorragia y anuria se le sumó una sepsis generalizada, con necesidad de múltiples transfusiones, aunque inexplicablemente no se la intervino de histerectomía -se sabía que el foco estaba en el útero- hasta dos días más tarde, el 22 de agosto.
Tras 18 días en rea y un mes en planta fue dada de alta con tratamiento de diálisis crónico por fracaso renal agudo. Por estos hechos a la paciente se le reconoció la incapacidad laboral absoluta -era de auxiliar clínica- y un 66% de minusvalía.
Por recomendación de una jueza amiga suya la afectada acudió a la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, se interpuso reclamación patrimonial administrativa en la que la inspección médica del SMS no apreció mala praxis pese a la evidencia de las pruebas.
La demanda se estimó en primea instancia y fue apelada por la aseguradora. Ahora la Audiencia Provincial de Madrid confirma la condena y concreta finalmente la cuantía indemnizatoria en 488.631 euros más intereses sancionadores.