Un análisis pone de manifiesto la necesidad de visibilizar la salud laboral de las camareras de piso

El estudio responde al trabajo del Instituto de las Mujeres para visibilizar las condiciones de trabajo de las mujeres en sectores feminizados y precarizados

Camarera de piso. (Foto: Freepik)
5 febrero 2024 | 10:00 h

El Instituto de las Mujeres fue el escenario de la presentación del estudio titulado "Revisión jurisprudencial de dolencias y patologías de las camareras de piso", realizado en colaboración con la Asociación Española del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. En el evento, se abordaron temas relacionados con las condiciones laborales específicas de las mujeres en el sector de servicios, con un enfoque en ocupaciones feminizadas y precarizadas, como es el caso de las camareras de piso.

La sesión, que contó con la participación de la directora del Instituto, Isabel García Sánchez, incluyó la presentación y un debate del estudio con la presencia de destacadas personalidades como Carolina Martínez Moreno, coordinadora del estudio y catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Oviedo; Henar Álvarez Cuesta, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de León; Carmen Grau Pineda, profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria; y Ana Castro Franco, profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de León. Además, se contó con la participación telemática de Gloria Poyatos i Matas, magistrada de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y representantes del colectivo Las Kellys.

En su intervención, la directora recordó que, a pesar de los avances en igualdad, las mujeres ocupan casi el 80% de los empleos no cualificados en el sector servicios (excluyendo transportes). Este fenómeno se observa con mayor concentración en ocupaciones especialmente feminizadas y precarizadas, como los sectores relacionados con los cuidados. Por esta razón, García Sánchez destacó la labor del Instituto en concordancia con el Eje 2 del Plan Estratégico para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

En este trabajo, unido a la urgencia de abordar la cuestión de la salud, se enmarca la realización del estudio, que presenta un análisis detallado, con perspectiva de género, de los distintos pronunciamientos judiciales relativos al tipo y calificación de las patologías y enfermedades padecidas por las camareras de piso, para conocer cuáles han sido, y cuales han sido calificadas como accidentes de trabajo, en su modalidad de enfermedades del trabajo, conforme a la normativa aplicable.

"Trabajos absolutamente valiosos, que merecen el reconocimiento y la dignidad social total"

Por su parte, la Presidenta de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, Emilia Casas Baamonde, ha agradecido al Instituto de las Mujeres en su intervención “la iniciativa de hacer este informe, que creemos que aborda un tema decisivo para el sector de la limpieza hecha por mujeres”. Un sector, como el de cuidados, “orgulloso de sí mismo, en el que se hacen trabajos absolutamente valiosos, que merecen el reconocimiento y la dignidad social total, y que se dignifican también a través de la profesionalización”.

UNA CARGA DE TRABAJO NO RECONOCIDA 

Pese a que las camareras de piso no son contempladas en ninguna de las patologías contenidas en el RD 1299/2006, la investigación constata que este colectivo de trabajadoras está sometido a una gran carga física (movimientos repetitivos, además de la manipulación de cargas, la adopción de posturas de trabajo forzadas y la bipedestación prolongada durante la realización de tareas), a lo que se añade la carga mental derivada de la organización y ritmos acelerados de su trabajo y la carencia, en muchas ocasiones, de medidas preventivas laborales adecuadas.

Según ha señalado Carmen Grau Pineda, una de las participantes en la elaboración del estudio, el informe busca “facilitar al cuerpo legislador un documento técnico-jurídico en el que se den argumentos, avalados en el contraste de la jurisprudencia existente en la materia, para evidenciar la necesidad de actualizar el cuadro de enfermedades profesionales”.

En lo que respecta a las recomendaciones, y junto a la urgencia de una mayor y mejor prevención de los riesgos laborales recogida en el texto, Gloria Poyatos i Matas ha destacado la necesidad de una “formación obligatoria para quienes imparten justicia y tienen la posibilidad de crear la jurisprudencia en este país, empezando por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional”, de cara a construir, como señala el estudio, un enjuiciamiento con perspectiva de género que permita al órgano jurisdiccional identificar los sesgos del contexto normativo que ha impedido que dolencias, patologías, lesiones y trastornos asociados al trabajo que sí están tipificados e incluidos en la lista de enfermedades profesionales en relación con profesiones, oficios o especialidades desarrolladas habitualmente por hombres, no tengan la misma consideración o se sometan a ese mismo régimen cuando se trata de trabajos feminizados como es el que desempeñan las camareras de pisos.

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