El Poder Judicial ha informado de que se ha denegado la solicitud de un varón para cambiar su sexo en el registro y quedar registrado como mujer en las Palmas de Gran Canaria. "La intención del solicitante no era acogerse a los supuestos legitimados en la llamada Ley Trans", explica el magistrado, sino beneficiarse de las consecuencias de ser mujer para "optar a un ascenso en su ámbito laboral de manera ventajosa".
El auto denegatorio señala que se trata de un sargento del Ejército del Aire que quería promocionar a subteniente por esta vía. El magistrado al frente del Registro explica en el auto que de las diligencias llevadas a cabo se pudo constatar que no existía cambio físico en el solicitante, y que tampoco éste pedía el cambio de nombre, refiriendo que el suyo también lo era indistintamente de mujer. “De la misma manera”, detalla el auto, “se auto-refiere en masculino, no evidencia ninguna expresión de género en el contexto de las expectativas sociales ni en la relación con el modo de vestir ni en el uso de un u otro nombre o pronombre, ni en el comportamiento, ni en la voz ni en la estética, desconociendo la diferencia entre expresión de género y la identidad de género, exponiendo que se siente mujer, pero no quiere que le traten como tal hasta que no se rectifique su sexo”.
La resolución agrega: “Igualmente, indicó no conocer ningún colectivo de apoyo a personas trans, así como no necesitar apoyo psicológico de nadie, y por su profesión de sargento del aire, quiere promocionar a subteniente”. Recuerda que, entre otros preceptos, el artículo 11.2 de la Ley orgánica del Poder Judicial establece que los juzgados y tribunales “rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal”.