El Real Decreto de especialidades que prepara el Ministerio de Sanidad vuelve a llenar de esperanza a aquellas sociedades médicas que llevan años e incluso décadas esperando que se les reconozca como especialidad médica y en algunos casos como áreas de capacitación específica.
Entre esas especialidades MIR está Urgencias y Emergencias, con una lucha histórica por parte de su junta directiva que podría culminar con su definitivo reconocimiento.
Juan González Armengol, presidente de la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes), ha querido desgranar esta y otras cuestiones que suponen una auténtica prioridad al frente de su directiva.
¿Cuáles son las asignaturas pendientes del Ministerio de Sanidad y de las CC.AA. con respecto a la especialidad?
Lo hemos dicho antes. No deberían ser los profesionales de Urgencias y Emergencias ni SEMES quienes reclamaran equidad y formación adecuada (Vía Especialidad Primaria) de sus profesionales en la atención a su población. En todo el mundo es la Administración quien toma la iniciativa. Ese es el espíritu y la letra, por ejemplo, de la Directiva 36/2005 y su actualización mediante la 55/2013, asumida y traspuesta a la legislación española, para preservar y conseguir la equidad en la atención, garantías de calidad y seguridad en la misma y libre tránsito profesional, entre otras razones.
España es atípico, cuando no lamentable en cuanto a todo esto. Y que no insulten algunos la inteligencia y el bolsillo de los españoles: podemos demostrar y lo hemos hecho ya que la regulación de esta formación vía supraespecialidad o ACE es el triple de cara que la formación primaria, además de vulnerar derecho básicos de los profesionales de urgencias y toda la legislación económica y presupuesta imaginable, con amplia jurisprudencia detrás. Hablamos de insulto, porque “es un insulto grave” no considerarnos especialistas y sí superespecialistas.
"¿Cómo se puede tener la poca vergüenza de plantear que debe haber más superespecialistas que especialistas de base?"
Un cardiólogo hemodinamista, por ejemplo, sería un superespecialista, un urgenciólogo no. Así lo comparten prácticamente todos los responsables de Consejerías, sin intereses de parte, que hemos tenido la oportunidad de tratar. Y además esta adulteración del término lo que ha conseguido es que no se haya regulado aún la figura del subespecialista o superespecialista en España, fundamental por otra parte.
Y otro tema, ¿cómo se puede tener la poca vergüenza de plantear que debe haber más superespecialistas que especialistas de base? Quien propone esto para urgencias está diciendo eso, invierte la pirámide de desarrollo profesional. Deben existir las subespecialidades y deben ser pocos, lógicamente, de las que se creen. Es lamentable tener que hacer este tipo de pedagogía para explicar algo tan sencillo. No entenderlo así es simplemente corrupción. Les recuerdo que esto se financia al 100% por todos los españoles.
¿Cómo valoran el RD de especialidades de Carcedo?
Tiene que ver con lo anterior. Resumiéndolo mucho, y ya hicimos alegaciones informativas en este sentido, porque este tema, a nuestro pesar, lo dominamos, no sería necesario para aprobar una especialidad como Urgencias, como se ha demostrado recientemente con Medicina Legal. En este aspecto lo vemos como un intento de retrasar lo ineludible y vemos presiones en este sentido ilegítimas. Es un Real Decreto relativamente sencillo, de no mucha extensión. Introduce el Concepto de Formación Común, pero elude hacer referencia al período de ésta (esa fue la clave de bóveda de la Troncalidad, y fracasó). Regula las Áreas de Capacitación Específica (superespecialidades), figura desde hace tiempo necesaria en la normativa de la formación especializada.
Lo que no se comprende es que se proponga en los términos desarrollados, dentro de un periodo de residencia de cualquier especialidad, porque contraviene legislación básica ineludible. Es decir, tal y como está redactado, decimos, y no es opinable, es imprescindible completar el Programa de Formación al completo de cualquier Especialidad para poder obtener el Título de Especialista. Eso implicaría, además, en el caso de no ocurrir, la No Homologación de esa “No” titulación al no haber cumplido los años mínimos de formación incluidos en la Directiva. Es legislación básica. Y es imprescindible haber completado el Programa de Formación de cualquier especialidad de origen para poder acceder a un Programa de Residencia en ACE. Es legislación básica. Si no es así, jurídicamente esta figura nace muerta, directamente.
"Es una excelente iniciativa que las comunidades autónomas y los Colegios Profesionales puedan proponer nuevas especialidades pero también deberían poder hacerlo en el caso de las ACE"
Por otro lado, es una excelente iniciativa que las comunidades autónomas y los Colegios Profesionales puedan proponer nuevas especialidades. Pero tan importante como eso es que también lo puedan hacer con las áreas de capacitación específica, que no deben estar a criterio de las Sociedades Científicas, aunque puedan opinar. Es responsabilidad de las Comunidades la gestión y la financiación de esas posibles plazas. Debería modificarse este aspecto en este proyecto. Y además es compatible con lo recogido en al Art 16 de la LOPS, además de políticamente inteligente.
Aunque no es necesario, el RD introduce un procedimiento relativamente ágil de creación de nuevas Especialidades. Y por último es importante recordar que los procesos de homologación de especialistas son necesarios tanto en ACEs, como especialmente en la introducción de nuevas especialidades, y especialmente Urgencias. Por definición, las ACES no deberían tener especial problema de número (debería haber pocos superespecialistas)
De esta parece que Urgencias sí será especialidad. ¿Qué supone? ¿Qué queda por hacer?
Agradezco su optimismo. Nosotros también lo somos por definición, porque somos de Urgencias. Pero hemos visto escritos y casi publicados en el BOE dos borradores de Real Decreto: uno en 2008, y otro en 2011. Ocurrieron sucesos gravísimos y punibles que hacen que aún sigamos así. En este sentido, tenemos la mano tendida, pero con la otra estamos ultimando la demanda que vamos a presentar en la Audiencia Nacional. España está obligada a regular esta formación y el marco jurídico vía Directiva, Constitución y legislación económica avala e implica que debe ser vía Especialidad Primaria sí o sí. No es interpretable.
Ahonde sobre esta cuestión. ¿En qué se basan?
Voy a añadir un par de factores muy graves. En doctrina de Seguridad Clínica, asumida y publicada por el propio Ministerio de Sanidad, existe una brecha entre la atención que prevén los estándares y las guías y la atención que de verdad se presta a los pacientes. Es útil distinguir cinco estándares de atención, en los que cada estándar o nivel se aparta más del ideal que el anterior y, según bajamos de nivel se incrementa la probabilidad de daño. El nivel 1 se corresponde con la atención óptima prevista por los estándares (aunque la atención óptima no puede nunca restringirse sólo a los estándares). Estos estándares se establecen por las instituciones internacionales, nacionales y profesionales y representan un consenso sobre qué puede ser considerado como la atención óptima que es viable ateniéndonos a las limitaciones presupuestarias.
El nivel 2 representa el estándar de atención que los expertos consideran que proporciona un buen resultado para el paciente y también resulta viable en el ejercicio cotidiano de la profesión. La atención tiene un buen nivel y el resultado es bueno, aunque puede que haya variaciones y problemas de escasa importancia.
"Existe una brecha entre la atención que prevén los estándares y las guías y la atención que de verdad se presta a los pacientes"
Los niveles 3 y 4 representan circunstancias en las que la seguridad del paciente puede peligrar; en este nivel, las desviaciones de la práctica óptima son frecuentes y se presentan por una extensa variedad de motivos y constituye una amenaza para los pacientes. Por ejemplo, puede que se paute un tratamiento no indicado que expone a riesgos al paciente, produce un daño evitable, pero es subsanado. El nivel 5 lo constituye el añadido de no identificar el daño evitable, pudiendo tener consecuencias nefastas para los pacientes.
Los pacientes pueden recibir algunos tratamientos con calidad deficiente, entendiendo por deficiente que son poco sistemáticos y que la observancia de los estándares aceptados es poco consistente, y aun así no sufrir daño alguno. El daño es mucho más probable cuando la asistencia sanitaria se aleja de la práctica óptima (niveles 4 y 5). Esto se debe a que desviaciones obvias de los estándares pueden acarrear daño inmediato, pero el mayor riesgo para el paciente posiblemente se derive del efecto acumulativo de problemas de diferente importancia.
Esto tiene importantes consecuencias para la gestión del riesgo, especialmente en lo referente a la atención den los servicios de urgencias. Por todo ello es inviable que en España exista ninguna atención en estos servicios en los niveles 1 y 2. En este caso, además, todas estas actividades profesionales tienen que adaptarse a unos turnos de la plantilla cambiantes y a otras presiones en el sistema.
Por otro lado, existe un enorme grado de responsabilidad médico legal en estos servicios, que supone que las demandas en la vía penal en relación con las urgencias y las emergencias constituyen la tercera causa del total en España. En el mundo del Derecho, a efectos de Responsabilidad Médica, se considera a urgencias como una especialidad más.
"La OMS insta a que los Estados desarrollen sus Sistemas de Urgencias y Emergencias con una especialización adecuada de los profesionales sanitarios"
La sociedad también lo percibe así. Son servicios muy demandados con un gran arraigo social. Los Servicios de Urgencias constituyen un lugar potencial de grandes beneficios así como mayores niveles de riesgo, lo que los convierte en claves dentro del funcionamiento de cualquier sistema sanitario moderno. Cualquier estrategia de seguridad pasa por sistemas de clasificación simples, información precisa, formación reglada de los profesionales, procedimientos claros y destino final adecuado (esto no va de “conocer”, va de dominar).
Esto ha sido confirmado, denunciado y proclamado en la 72ª Asamblea de la Organización la OMS, en mayo pasado, que insta a todos sus Estados Miembros a desarrollar Sistemas de Urgencias y Emergencias y una especialización adecuada de los profesionales como garantía de equidad, igualdad y salud en los Sistemas Sanitarios. A partir del Informe presentado por el Director General, se ha elaborado un Proyecto de resolución presentado por varios países entre ellos la Unión Europea y sus Estados Miembros.
Es frecuente comprobar que la máxima responsabilidad médico-legal se centra normalmente en las actuaciones realizadas en estos Servicios, dejando al margen otras actuaciones. Y es paradójico en el presente vacío normativo regulatorio. A eso se añade la frecuente exigencia de entidades o personas relacionadas con ellas que niegan y bloquean esta regulación y no tienen pudor en exigir esas competencias en la jurisdicción contenciosa, la civil o la penal. Estamos introduciendo esta doctrina en los tribunales de justicia. Nos tendrán enfrente siempre salvaguardando los derechos de los principales perjudicados, que son los pacientes y los profesionales que los atienden. Por cierto que, además, se ven expuestos a la divulgación ilegal de sus datos personales, en exposiciones públicas, algo que ha ocurrido en más de una ocasión y ha generado un tremendo malestar.
Y añado, yo me dedico a esto hace ya muchos años, y arrastro algunos déficits formativos. A pesar de ello creía que la Medicina era relativamente sencilla. No pienso así ya, y es algo compartido con muchos colegas. Cada vez, y especialmente en urgencias, la atención sanitaria es más compleja, exigente y trascendente, basado en una demanda más o menos razonable, y cada vez más inducida. Es peligroso, muy peligroso, que no esté regulada esta formación. Venimos comprobando, y cada vez es más frecuente, conatos de “hartazgo” y movilizaciones en nuestro colectivo, que no inducimos. Pero avisamos, si esto sigue así, va a terminar muy mal, y se va a ir de las manos.
¿Deben potenciar el atractivo de la especialidad entre los MIR o consideran que están en una buena posición?
En la vida hay que intentar gustar, en general, y más en el servicio público. Como dice un colega nuestro, hay que hacerlo bien, hay que gustar y ser “simpático” y “empático”. Lo que decimos es que quien quiera plantearse la vida de 8 a 15 horas en días laborables que no se dedique a esto.
Tiene otras opciones que concilian mejor. A partir de ahí, tenemos datos en España, publicados, entre estudiantes y candidatos a residentes, que aseguran una muy buena posición en una posible elección de especialidades, tal y como ocurre en los países donde sí existe este programa formativo.Es una especialidad muy atractiva.