La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha informado este lunes sobre la publicación de la orden ministerial que inicia el procedimiento para el registro de los productos homeopáticos. En ella se determinan los requisitos mínimos y el procedimiento para que estos productos se adecúen al registro de medicamentos.
En el texto se especifica que los titulares de los productos homeopáticos dispondrán de un plazo de tres meses para comunicar a la Aemps su intención de adecuarse a lo previsto en el Real Decreto que regula los medicamentos de uso humano. Para ello, dentro de los trámites burocráticos tendrán que notificar sus productos de manera telemática.
La Aemps publicará un listado con la relación de productos homeopáticos comunicados, el resto no podrán ser comercializados
Una vez finalizado dicho plazo, la Aemps publicará un listado con la relación de productos homeopáticos comunicados y fijará un calendario para que los titulares soliciten la correspondiente autorización de comercialización. Solo los productos homeopáticos que se encuentren en dicho listado podrán seguir siendo comercializados, mientras que el resto no podrán ser comercializados desde esa fecha.
La Agencia del Medicamento comenzará entonces la evaluación de los dosieres presentados por los solicitantes. Aquellos productos homeopáticos que no cumplan con lo establecido en la legislación no podrán continuar en ningún caso en el mercado. La AEMPS velará en todo momento por el cumplimiento de la legalidad a través de los procedimientos contemplados en la regulación vigente.