Sí, es posible cambiar de especialidad sin tener que volver a enfrentarse al examen MIR, aunque el Ministerio de Sanidad contempla muchos ‘peros’. En la Guía del Residente de Formación Sanitaria Especializada se contempla la posibilidad de cambiar de especialidad, aunque la cartera que dirige actualmente Carolina Darias insiste en que se trata de un cambio “excepcional”.
Así, el punto 13 de esta guía recoge los siete requisitos imprescindibles para que se permita el cambio de especialidad:
- Que se realice durante los dos primeros años de formación
- Que el cambio que se solicite sea dentro del mismo centro o en otro de la misma Comunidad Autónoma
- Que exista plaza vacante acreditada en la especialidad que se solicita
- Que el solicitante haya obtenido en la convocatoria anual de pruebas selectivas para el acceso a plazas en formación sanitaria especializada un número de orden que le hubiera permitido acceder, en dicha convocatoria, a plaza de la especialidad a la que pretende cambiarse
- Que se acrediten razones excepcionales que motiven el cambio de especialidad, entendiéndose por éstas, circunstancias objetivas y sobrevenidas durante la residencia, que impidan la continuación en la especialidad que se esté cursando
- Que no se le haya autorizado un cambio de especialidad previamente
- Que se adjunte documentación que acredite no haber superado el reconocimiento médico por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) o por otras razones excepcionales.
Si se cumplen estos requisitos, el siguiente paso que establece el Ministerio es proceder a la solicitud por parte del interesado a la Comisión de Docencia de su Centro o Unidad junto con la documentación que acredite las razones excepcionales que motiven el cambio de especialidad.
Una vez enviada esta solicitud, la Comisión determinará si es favorable o desfavorable y dará traslado al Registro Nacional de Especialistas en Formación. A continuación, el Ministerio solicitará un informe a las Comisiones Nacionales de las dos especialidades implicadas, (la presente y la del cambio), al órgano competente en materia de FSE de la Comunidad Autónoma y al Centro o unidad de destino donde se haya solicitado el traslado. Tras todas esta burocracia, será la Subdirección General de Ordenación Profesional quien, con los informes pertinentes, resolverá si se acepta o no el cambio.
En definitiva, no es imposible mudarse de especialidad, aunque este cambio debe ser, como bien remarca en varias ocasiones la Guía, una razón excepcional y no un capricho.
Consulta la Guía del Residente de Formación Sanitaria Especializada pinchando en este enlace.