El Ministerio de Sanidad ha aceptado las reclamaciones que los aspirantes MIR, EIR, PIR y demás residentes de la Formación Sanitaria Especializada (FSE) presentadas ante la confusión generada por los cambios aplicados en el baremo académico por el departamento ministerial en esta convocatoria: necesidad de presentar el expediente académico en base 10 y no 4 como venía siendo habitual y la necesidad de presentarlo y pagar las tasas, independientemente de que los opositores vuelvan a presentarse a las pruebas.
Estos cambios provocaron confusión y errores entre los candidatos. Según ha podido saber ConSalud.es, en el caso del examen MIR 2020, casi 5.000 personas se vieron perjudicadas, a las que se les puso automáticamente un 5.00.
La Abogacía del Estado avala a Sanidad para que acepte subsanar los errores con baremos académicos en el plazo de reclamaciones de los exámenes
En el examen PIR, donde habitualmente debido al reducido número de plazas hay una mayor competitividad, el expediente académico es clave para poder conseguir plaza y esta información llevó a que opositores que acudían un año más a las pruebas selectivas posteriormente no entregasen la documentación correctamente. Hasta la convocatoria de 2019, no era necesario presentar el baremo académico si uno se volvía a presentar al examen.
Sin embargo, la Dirección General de Ordenación Profesional que preside Rodrigo Gutiérrez finalmente ha aceptado las reclamaciones y ha ajustado las notas incluyen el baremo académico correctamente a cada aspirante que ya se pueden ver actualizadas en el listado de resultados definitivos de Medicina (MIR), Farmacia (FIR), Enfermería (EIR) y ámbito de la Psicología (PIR), la Química (QIR), la Biología (BIR) y la Física (RFIR).
Lo ha hecho siguiendo las recomendaciones emitidas por la Abogacía del Estado. Este órgano acepta admitir documentación acreditativa de dicho baremo durante el periodo de reclamación.
INFORME DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
Según ha anunciado el propio ministerio en una nota, la Dirección General de Ordenación Profesional ha decidido valorar las reclamaciones sobre el baremo académico presentadas a los resultados provisionales de las pruebas basándose en un informe jurídico emitido por la Abogacía del Estado, que considera que dichas reclamaciones “deben ser admitidas”.
El Ministerio ha ajustado las calificaciones finales en la publicación de resultados definitivos de aquellos aspirantes a los que se puso automáticamente un 5.00 por presentar el baremo en base a 4 y no en base 10 que lo reclamaron.
También en aquellos casos de candidatos que no lo presentaron en esta convocatoria porque se presentaban nuevamente a las pruebas y entendían que no tenían que volver a hacerlo, pero lo acreditaron en el periodo de reclamación.
"Recordando la doctrina del Tribunal Supremo expuesta en la consideración jurídica anterior, se considera que tales reclamaciones deben ser admitidas y que, por consiguiente, la documentación que obra en las mismas debe ser considerada a efectos de la valoración de méritos, pues como ha entendido el Tribunal Supremo, incluso procede la subsanación de las posibles omisiones de los méritos en la fase de recurso de alzada o de reposición, lo que ha de ser extensible, en buena lógica, a la fase de reclamaciones prevista en la fase de convocatoria, y todo ello según las Sentencias de 26 de diciembre, 25 de abril y 26 de mayo de 2012, citadas en la consideración jurídica anterior", indica el informe jurídico de la Abogacía del Estado en el que se basa Sanidad.
Así, el Ministerio ha otorgado un 5.00 los méritos académicos presentados sobre base 4, y han sido corregidos aquellos que lo presentaron correctamente durante el periodo de reclamación. La Abogacía del Estado aclara que "no se permite, desde luego, introducir una vez vencido en plazo de presentación de solicitudes, nuevos méritos, pero sí mejorar su acreditación".