Con la llegada del estado de alarma, el Ministerio de Sanidad publicó la Orden SND/411/2020, de 13 de mayo, que modificaba la convocatoria original para que la elección de plaza fuese exclusivamente telemática, dada la situación epidemiológica.
Desde la publicación de esta segunda Orden Ministerial, el departamento que preside Salvador Illa ha sido conocedor de la resistencia por parte de los opositores al modelo exclusivamente online que proponía.
El Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM) hizo llegar al Ministerio un documento con otras posibilidades, como combinar una elección telemática con una elección presencial, en Madrid o descentralizado en las Delegaciones de Gobierno, incluso la posibilidad de hacer una elección telemática en tiempo real. "Sanidad continuó apostando por el modelo que había decidido de forma unilateral. Una vez tomada esta decisión, los opositores de todo el país se prepararon para hacer una elección telemática a través de la plataforma del Ministerio, la cual tenía algunos fallos que se fueron corrigiendo", explica Antonio Pujol de Castro, presidente del CEEM.
El auto del Supremo indica que solamente adoptará la medida cautelar de suspensión de aquellas partes de la Orden SND/411/2020 que imposibilitan la comparecencia personal como modo de solicitud, haciendo posible una elección telemática y presencial
Parte de los opositores aún así consideraban que la decisión del Ministerio no era legítima. Un grupo de opositores optó por elevar sus quejas por la vía contenciosa-administrativa hasta el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo, en el apartado noveno de su resolución, afirma que no va a suspender todo el proceso de adjudicación de plaza. "Esta suspensión provocaría unos perjuicios generalizados no solo a los terceros participantes en el proceso de adjudicación, que son millares, sino también al interés público, pues la necesidad de que los participantes se incorporen a su proceso formativo constituye un elemento organizativo relevante en la organización de las unidades docentes acreditadas. Por ello, concluye que solamente adoptará la medida cautelar de suspensión de aquellas partes de la Orden SND/411/2020 que imposibilitan la comparecencia personal como modo de solicitud, haciendo posible una elección telemática y presencial", indca Pujol de Castro.
Desde el CEEM consideran que los opositores "no han recibido un trato adecuado durante el proceso de elección" y aseguran que "se podría haber apostado por el consenso", implicando a los órganos de representación de los colectivos opositores en el proceso de toma de decisiones o en el asesoramiento al Ministerio.
"Lamentamos que varios de nuestros compañeros opositores sientan que se ha jugado con ellos en uno de los momentos más importantes de sus vidas, donde ponen fin a un periodo cargado de estrés y donde van a decidir su futuro profesional. Solo nos queda esperar que no se retrase la incorporación de los residentes a las unidades docentes en las fechas previstas y que finalmente el proceso de elección de plaza se haga con todas las garantías posibles", declara Antonio Pujol de Castro.