La residencia es un periodo de formación pero también supone la primera experiencia laboral para la mayoría de los médicos en España. En esta etapa los MIR disponen de un contrato laboral con características especiales para velar tanto por la parte docente como la asistencial.
Según el Real Decreto 1146/2006, la normativa que regula la relación laboral de todos los residentes especialistas en Ciencias de la Salud, este tipo de contratos tienen una duración de un año y se renuevan cada año hasta la finalización de la residencia.
En primer lugar, la jornada laboral estará determinada por el convenio colectivo de los trabajadores, aunque no podrá exceder las 37,5 horas a la semana. Además, entre un turno y otro el residente debe tener un margen de 12 horas. En el caso de turnos ininterrumpidos de 24 horas, como puede ser durante una guardia, también se aplica el mismo tiempo de descaso.
Hay aspectos del contrato MIR como las vacaciones y las excedencias que están regulados por el Estatuto de los Trabajadores
En cuanto a las vacaciones, los MIR disponen de las mismas fiestas, permisos y días de descanso que el resto de profesionales tal y como regula el Estatuto de los Trabajadores. A esto, los médicos deberán sumar los días de libre disposición de cada servicio de salud.
Por otra parte, el salario de los MIR depende de cada Comunidad Autónoma aunque todos incluyen un sueldo base, un complemento de grado de formación, otro de atención continuada y un plus en determinadas regiones. Además, tienen derecho a un complemento de viaje si realizan rotaciones externas.
La falta de aprovechamiento por parte del MIR puede ser un motivo para poner fin al contrato.
Otras cuestiones como la extinción del contrato o las excedencias están también reguladas por el Estatuto de los Trabajadores. En este punto, la única matización que solo atañe a los residentes es la pérdida de la plaza por evaluaciones negativas o el no aprovechamiento de la formación, según establece el nuevo protocolo de evaluación para los MIR publicado en abril por el Ministerio de Sanidad.
Antes de formalizar el contrato los residentes deben someterse a un examen médico para comprobar que no padece ninguna enfermedad o limitación que se incompatible con su actividad docente y asistencial.