Los Tribunales han dado la razón por segunda vez al Sindicato Médico de Navarra (SMN) en relación a la inclusión de los Médicos Internos Residentes (MIR) en los servicios mínimos de la huelga del pasado día 3 de mayo 2019.
El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Pamplona ha ratificado que incluir a los MIR en los servicios mínimos por parte del Servicio Navarro de Salud - Osasunbidea (SNS-O) vulneró el derecho a la huelga previsto en el artículo 28.2 de la Constitución Española, dado que los MIR son personal en formación y que por tanto su huelga no tiene otras consecuencias que las propias de la docencia y formación.
Son personal en formación y que por tanto su huelga no tiene otras consecuencias que las propias de la docencia
Se vuelve a dictaminar que los MIR no pueden ser objeto de regulación para prestar servicios mínimos en una huelga de médicos, tal como lo establece pacífica y reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Con esta sentencia la Justicia pone de manifiesto que el SNS-O sigue gestionando “de forma contraria a la ley”, según denuncia la organización sindical en un comunicado.
Desde el SMN esperan que en la nueva convocatoria de huelga, prevista en septiembre, cumplan con la legalidad vigente y respeten el derecho constitucional a la huelga del personal en formación.