El pasado 27 de diciembre, el Sindicato Médico de Navarra (SMN) recibió una sentencia que ha dado un vuelco en una de sus denuncias más recientes: que los MIR estaban siendo obligados a cubrir servicios mínimos durante la huelga de facultativos que se ha desarrollado a lo largo de este último año.
En un comunicado, la organzación sindical indica que se le ha hecho llegar la sentencia de apelación 318/2019 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) sobre la obligación de los médicos internos residentes (MIR) de ser designados y cumplir servicios mínimos en una huelga de facultativos.
El Sindicato Médico Navarro ha defendido que el trabajo asistencial de los MIR es solo una actividad requerida para su formación y especialización
"Durante todas las jornadas de huelga convocadas por el SMN en 2019, los MIR fueron designados como servicios mínimos, a pesar de la jurisprudencia del TSJ de Navarra y del Tribunal Supremo que establecía que el trabajo asistencial de este colectivo es solo una actividad requerida para su formación y especialización. Su participación en la huelga no requiere del establecimiento de servicios mínimos que deben ser asumidos por el personal de plantilla", asegura el sindicato.
El Sindicato Médico de Navarra denunció esta decisión del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y, en primera instancia, las sentencias fueron favorables, coincidiendo con la doctrina jurisprudencial existente hasta la actualidad.
Sin embargo ahora, el TSJ de Navarra ha fallado en contra de esta sentencia, dando la razón a la Administración, basándose en el Real Decreto 1146/2006, que regula la Relación Laboral Especial de Residencia para la Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud, que clarifica y establece la relación laboral de los MIR.
El TSJN basa su fallo judicial en el RD 1146/2006, este indica que los MIR mantienen un contrato de trabajo y que por tanto, no solo debe atenderse al aspecto formativo de la relación contractual que tienen con la Administración
Según el RD 1146/2006, los MIR mantienen un contrato de trabajo con el centro sanitario en el que realiza su formación, por lo que desde el punto de vista del derecho a la huelga y la correlativa fijación de servicios mínimos, debe atenderse a este aspecto laboral y no solo al formativo de la relación contractual. Por ello, el TSJ de Navarra establece en su fallo, que los médicos internos residentes del SNS-O sí pueden ser designados como servicios mínimos en una huelga de facultativos.
El Sindicato Médico de Navarra considera que este cambio de doctrina tiene implicaciones tan importantes -por cuanto contradice la doctrina del Tribunal Supremo hasta la fecha- que está estudiando realizar un Recurso de Casación.