¿Está obligado un MIR a contratar un seguro de Responsabilidad Civil Profesional?

Son muchos los nuevos residentes que desconocen los detalles legales ligados al ejercicio de la Medicina. Con el objetivo de despejar dudas, ConSalud.es ha charlado con Jaime González, técnico del Área de Producto de Previsión Sanitaria Nacional (PSN)

La asignación de plazas para los nuevos MIR dará comienzo el 20 de abril y se extenderá hasta el próximo 10 de mayo
JUANJO CARRILLO CÓRDOBA
4 abril 2018 | 17:45 h

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha publicado este martes el calendario de asignación de plazas para todos aquellos aspirantes que se presentaron a las pruebas de Formación Sanitaria Especializada (FSE). En el caso de los Médicos Internos Residentes (MIR), este proceso dará comienzo el 20 de abril y se extenderá hasta el próximo 10 de mayo.

Toda vez elegida la especialidad y el centro para desarrollar la residencia, son muchos los facultativos que desconocen los detalles legales ligados al ejercicio de la Medicina. Con el objetivo de despejar dudas, ConSalud.es ha charlado con Jaime González, componente del Área de Producto de Previsión Sanitaria Nacional (PSN), mutua dirigida a los profesionales del sector.

"Determinadas autonomías pueden tener distintas normativas respecto a la contratación del seguro de Responsabilidad Civil Profesional"

Todos los médicos, sin excepción, deben estar asegurados. La diferencia, tal y como explica González, reside en el ámbito sanitario donde desarrollen sus funciones. En el caso de la sanidad pública, "los propios servicios de Salud de las comunidades autónomas incluyen, según la póliza que tengan contratada, a su personal en plantilla, en formación o en prácticas".

"No obstante, si el residente quiere estar completamente cubierto puede contratar una póliza individual, asumiendo ese pequeño gasto, a cambio de contar con determinadas garantías que no puede incluir la cobertura pública", apunta el técnico de PSN. Es el caso de la "defensa jurídica en procedimientos administrativos y contencioso-administrativos en materia de sanciones, reclamaciones por actuación en deber de socorro o respaldo legal ante agresiones físicas y verbales".

En la sanidad privada, por su parte, "la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, recoge la obligación legal de contratar un seguro de Responsabilidad Civil Profesional". Sin embargo, Jaime González precisa que esta obligatoriedad puede extenderse más allá del sistema de titularidad privada. "Determinadas autonomías pueden tener distintas normativas respecto a la contratación de este seguro".

CUANTÍA ECONÓMICA DISPAR

Cuestionado por una posible diferencia económica entre un residente y un facultativo con plaza, el componente de Previsión Sanitaria Nacional señala que "la prima de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional para un MIR es inferior a la de un médico especialista". El motivo, indica, se debe a la dificultad de que un residente "resulte responsable directo de un daño al encontrarse bajo la tutela de sus formadores".

"La prima de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional para un MIR es inferior a la de un médico especialista"

"No cabe duda es que siempre es recomendable ya que, en cualquier caso, un seguro privado actuará en exceso o en defecto de las coberturas de la sanidad pública, lo que dará una protección total al MIR", sentencia Jaime González.

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