Elección de plazas FSE: Sanidad abre el plazo para las solicitudes de FIR, QIR, RFIR, BIR y PIR

Los aspirantes pueden solicitar plaza hasta las 17.00 horas del próximo 10 de junio en la plataforma habilitada por el Ministerio de Sanidad.

Aspirantes al MIR antes de acceder al examen. (Foto. ConSalud)
Aspirantes al MIR antes de acceder al examen. (Foto. ConSalud)

Arranca la elección de plazas telemática de Formación Sanitaria Especializada (FSE). Desde este jueves y hasta el próximo 10 de junio a las 17.00 horas, los futuros residentes de Farmacia (FIR)Química (QIR), Física (RFIR), Biología (BIR) y Psicología (PIR), podrán solicitar plaza a través de la plataforma web habilitada por el Ministerio de Sanidad.

Para Enfermería (EIR) se podrá hacer desde las 9.30 horas del 24 de mayo hasta las 17.00 horas del 14 de junio. Y para Medicina (MIR) desde las 9.30 horas del 26 de mayo hasta las 17.00 horas del 16 de junio. 

Los futuros EIR y MIR podrán comenzar a solicitar su plaza a partir de la próxima semana

Tras la reunión del director general de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Vicenç Martínez Ibáñez, con la plataforma FSE Unida para abordar el sistema de elección de plazas de Formación Sanitaria Especializada (FSE) planteado este año, todo parece indicar que los futuros residentes MIR, EIR, PIR, FIR, BIR, QIR y RFIR eligirán su plaza con el método telemático que fija la adjudicación de las plazas en un solo día.

SOLICITUD DE PLAZA

Según se recoge en la resolución publicada el BOE, la elección de plaza se llevará a cabo obligatoriamente a través de alguno de los siguientes medios electrónicos. Para participar en ella habrá que contar con certificado electrónico reconocido de persona física o medio equivalente (Cl@ve).

"Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma", explica el Ministerio de Sanidad en el BOE, donde se recogen excepciones para personas extranjeras u extravíos.

La Dirección General de Ordenación Profesional (DGOP) indica que solo se podrá presentar una solicitud por persona que recogerá, por orden de preferencia, todas las plazas a las que desee optar la persona interesada. Además, no se podrá optar a las plazas no recogidas en la solicitud. 

ADJUDICACIÓN E INCORPORACIÓN

Posteriormente, a partir del día 11 de junio, se iniciarán los actos de adjudicación de plazas en el Ministerio de Sanidad, para FIR, QIR, RFIR, BIR y PIR. A partir del día 15 de junio, se iniciará para EIR y a partir del día 17 de junio, para MIR. 

La incorporación a la plaza adjudicada será para todos entre los días 29 y 30 de junio. El Ministerio de Sanidad, junto con las comunidades autónomas, ha logrado que la incorporación a la plaza adjudicada se realice tres meses antes que en la convocatoria previa, lo que facilita una recuperación progresiva del calendario habitual de las pruebas. 

Opositores MIR y de otras pruebas de FSE en el examen. (Foto. Miguel Ángel Escobar / ConSalud)
Opositores MIR y de otras pruebas de FSE en el examen. (Foto. Miguel Ángel Escobar / ConSalud)

PASO A PASO

La Orden SND/1158/2020, de 2 de diciembre, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2020 para el acceso en el año 2021, a plazas de formación sanitaria especializada (FSE), publicada en el Boletín Oficial del Estado resuelve algunas de estas dudas.

La adjudicación de plazas se efectuará exclusivamente por medios electrónicos, atendiendo a la solicitud que formulen las personas que hayan alcanzado la puntuación mínima, por riguroso orden de mayor a menor puntuación total individual reconocida en la relación definitiva de resultados.

El Ministerio de Sanidad ya ha dado una fecha provisional para los actos de adjudicación de las plazas de Formación Sanitaria Especializada (MIR, EIR, PIR, FIR, BIR, QIR, y RFIR), serán a partir del 16 de junio y la incorporación de los futuros residentes a sus plazas, a partir del 15-16 de julio.

REGLAS

Según se recoge en el BOE, en los actos de adjudicación se observarán distintas reglas. La primera de ellas es que la elección de plaza se llevará a cabo obligatoriamente a través de alguno de los siguientes medios electrónicos:

a) Con carácter general, certificado electrónico reconocido de persona física o medio equivalente (Cl@ve).

Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: Certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma.

b) Solución propia de autenticación y firma no criptográfica basada en sistema de claves concertadas, para los aspirantes contemplados (+info aquí)

Los Interventores-Presidentes de Mesa el día de examen entregarán un documento con una pre-clave de acceso para el proceso posterior de la presentación de la solicitud electrónica de adjudicación de plaza. Se deberá firmar y entregar el documento «Recibí pre-clave».

Excepcionalmente, el Ministerio de Sanidad podrá autorizar este tipo de firma cuando se haya producido un cambio de situación administrativa desde la presentación de solicitudes o bien la pérdida o sustracción del DNI electrónico, acreditando dicha circunstancia y aportando información personal de la convocatoria.

Los opositores deberán presentar una lista con las plazas a las que desean aspirar por orden de preferencias 

La segunda regla consiste en que solo se podrá presentar una solicitud por persona que recogerá, por orden de preferencia, todas las plazas a las que desee optar la persona interesada. No se podrá optar a las plazas no recogidas en la solicitud. Se entenderá que renuncian a la adjudicación de plaza las personas que no hayan presentado su solicitud para la sesión de adjudicación a la que por su número de orden hayan sido citadas.

La tercera regla es que las personas serán convocadas por riguroso orden de mayor a menor puntuación reconocida en la relación definitiva de resultados. Por otro lado, la cuarta es que se dará curso a la solicitud presentada por medios electrónicos en la sesión a la que ha sido convocada la persona, y en el momento que corresponda al número de orden obtenido.

Además, en quinto lugar, por norma, no podrá adjudicarse un número de plazas superior al de plazas ofertadas para cada titulación. "Una vez adjudicada la plaza, no se admitirá nueva petición de otra, ni siquiera en el caso de renunciar a la primera. Para dar cumplimento a las medidas de acción positiva previstas en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, desarrollado por el Real Decreto 578/2013, de 26 de julio, las personas con discapacidad comenzarán la elección de plaza junto con las personas que participan por el turno ordinario", explica la Dirección General de Ordenación Profesional.

No obstante, los actos de adjudicación de cada titulación se suspenderán para las personas que participen por el turno ordinario, cuando todavía queden participantes con discapacidad sin plaza y resten por adjudicar un número de estas, que sumadas a las ya adjudicadas por este turno, permita ofertar en esta convocatoria las que se indican, para cada titulación y turno, en el dispongo primero.

"Cuando se produzca esta circunstancia, se habilitará una sesión específica de adjudicación de plazas a la que se convocará a los aspirantes que participen por el turno de personas con discapacidad, reanudándose los actos de adjudicación de plazas mediante una nueva convocatoria en la siguiente sesión", señala Sanidad.

Para solicitar la adjudicación de plaza comprendida en la oferta perteneciente a un centro de titularidad privada que ejerza el derecho a prestar conformidad previa, se deberá haber obtenido una puntuación total individual a la que corresponda un número de orden igual o menor al total de plazas convocadas para su titulación por el sistema de residencia en el sector público y acompañar a la solicitud el documento que acredite la conformidad del Centro.

PLAZAS VACANTES

Las plazas que resulten vacantes con posterioridad a aprobarse las relaciones definitivas de adjudicaciones de plaza, por renuncia expresa o tácita de aquellos a los que se les hubiesen adjudicado, no se proveerán nuevamente en la presente convocatoria. También quedarán vacantes las plazas sobre las que no se presente solicitud de adjudicación en los actos de asignación convocados. No se permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de centro ni unidad docente, salvo en el supuesto excepcional de revocación de la acreditación o supuestos excepcionales previstos por la legislación aplicable.

Finalizados los actos de adjudicación, la Dirección General de Ordenación Profesional dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de personas adjudicatarias de plaza, que se publicarán en la página web del Ministerio de Sanidad comunicándolas al propio tiempo a las unidades docentes cuyas plazas hayan sido adjudicadas. Contra esta resolución podrá interponerse de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución.

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