Quirónprevención, comprometido con la PRL: comparte un glosario con conceptos a tener en cuenta

Quirónprevención explica conceptos básicos como medicina del trabajo o plan de prevención para informar sobre prevención de riesgos laborales durante el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el trabajo

Quirónprevención comparte un glosario de conceptos de PRL. (Foto: Freepik)
28 abril 2024 | 00:00 h

La prevención de riesgos laborales consiste en un conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas durante todas las fases de actividad de la empresa. El objetivo de dichas medidas es disminuir los riesgos derivados del trabajo. Se trata de una actividad fundamental para preservar la salud de los trabajadores, por lo que cada año, el 28 de abril se celebra el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

Comprometido con esta importante tarea, y en el marco del especial que ConSalud.es prepara para visibilizar este día, Quirónprevención comparte un glosario con los conceptos más básicos en materia de PRL, con la finalidad de acercar esta actividad a personas ajenas al sector. Como ellos mismos afirman, "la seguridad y la salud es algo que nos atañe a todos y todas". Del mismo modo que en cualquier otra área dentro de una empresa, la prevención de riesgos laborales tiene su propia jerga. Estos son los 21 conceptos principales que todo el mundo debería conocer:

    1. PRL: Se trata del acrónimo de ‘prevención de riesgos laborales’ que, como se ha mencionado, son todas aquellas actividades o medidas que se adoptan en todas las fases de actividad de la empresa, para evitar o disminuir las posibilidades de que una persona trabajadora sufra un determinado daño derivado del trabajo.

    2. Ley 31/1995: La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la normativa cuyo objeto es promover la seguridad y la salud de los trabajadores. Esto se hace mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Así, establece los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición.

    3. Seguridad en el Trabajo: Consiste en una disciplina preventiva que engloba aquellas técnicas y procedimientos que tienen por objeto eliminar o disminuir el riesgo de que se produzcan los accidentes de trabajo.

    4. Higiene Industrial: Es una disciplina preventiva que se anticipa, identifica, evalúa y controla los peligros para la salud en lo relativo al lugar de trabajo, provocados por los diferentes agentes físicos, químicos y biológicos.

    5. Ergonomía: Son todos aquellos conocimientos de carácter multidisciplinar que se aplican para la adecuación de los productos, sistemas y entornos artificiales a las necesidades, limitaciones y características de sus usuarios, optimizando la eficacia, seguridad y bienestar.

    6. Psicosociología: Es la disciplina preventiva que se ocupa de los factores relacionados con la organización y realización del trabajo. Estos pueden afectar no solo a la salud de la población trabajadora, sino también al desarrollo de la propia organización.

    7. Medicina del trabajo: Consiste en una especialidad médica que se dedica al estudio de las enfermedades y los accidentes que tienen lugar a causa o consecuencia de la actividad laboral. Además, también estudia las medidas de prevención que deben ser adoptadas, para evitarlas o aminorar sus consecuencias.

    8. Evaluación de Riesgos: Proceso que se dirige a estimar la magnitud de los riesgos que no se hayan podido evitar, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas. En tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

    9. Plan de Prevención: Planificación establecida para la integración de la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión. Debe incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para lograrlo.

    10. Recurso Preventivo: Son las personas designadas o asignadas por la empresa para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas que así lo requieran. Cuentan con formación y capacidad adecuada, y disponen de los medios y recursos necesarios. Además, son suficientes en número para el desempeño de esta tarea.

    11. Reconocimiento médico: Conjunto de pruebas que tienen la finalidad de detectar las influencias del trabajo sobre la salud de las personas trabajadoras, además de conocer tanto su situación en un determinado momento como su evolución a lo largo de la vida profesional.

    12. ISO45001: Es la norma internacional que especifica los requisitos para un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SST).

    13. Accidente de trabajo: Toda lesión corporal que el trabajador haya podido sufrir con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

    14. Enfermedad profesional: La que se contrae a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

    15. Lugar de trabajo: Son las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo.

    16. Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Se trata del personal competente para el desempeño de la actividad en materia de prevención de riesgos laborales, que dispone de las capacidades y aptitudes necesarias para el desarrollo de la actividad preventiva. En función del grado de capacitación y conocimiento, puede desarrollar funciones de nivel básico, intermedio o superior. La especialización de los técnicos de nivel superior puede ser en Seguridad en el trabajo, Higiene industrial o Ergonomía y psicosociología aplicada.

    17. Delegado de Prevención: Es el representante de los trabajadores, con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Esta figura es designada por y entre los representantes del personal.

    18. Comité de Seguridad y Salud: Órgano partidario y colegiado de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Está formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.

    19. Equipo de Protección Individual (EPI): Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador, para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a este fin.

    20. Equipo de trabajo: Máquinas, aparatos, instrumentos o instalaciones empleados en el trabajo. La definición legal establecida por el RD1215/97 agrupa desde las máquinas e instalaciones convencionales empleadas en la industria y la construcción hasta equipos ofimáticos, electrodomésticos, equipos de medición, útiles de restauración y cualquier herramienta manual o instrumento que se utilice en los diferentes sectores de la actividad.

    21. Máquina: Una máquina es un conjunto de elementos móviles y fijos cuyo funcionamiento hace posible aprovechar, dirigir, regular o transformar energía, así como realizar un trabajo con un fin determinado. En sentido estricto, consiste en un conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil. Están asociados para una aplicación determinada, provistos o destinados a estar provistos de un sistema de acondicionamiento distinto de la fuerza humana o animal, aplicada directamente. En un sentido más amplio, se incluyen también las cuasi máquinas y productos relacionados. Estos son los equipos intercambiables, los componentes de seguridad, los accesorios de elevación, las cadenas, cables y cinchas y los dispositivos amovibles de transmisión mecánica.

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