Asisa, condenada a devolver más de 60.000 euros a una paciente

Aunque la aseguradora pedía la desestimación íntegra de la demanda, el Juzgado de Primera Instancia Nº6 de Alicante ha fallado en contra de la compañía.

Salud35
6 abril 2017 | 09:30 h
Francisco Ivorra, presidente de Asisa
Francisco Ivorra, presidente de Asisa
Asisa ha sido condenada a pagar 61.819,99 euros a una paciente que tuvo que hacerse cargo del coste de un tratamiento oncológico recibido en el Hospital San Jaime de Torrevieja entre los años 2011 y 2014, así lo ha decidido el Juzgado de Primera Instancia Nº6 de Alicante.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso ECSalud.com, la demandante, que fue atendida en un primer momento en la Clínica Vistahermosa de Alicante y, posteriormente, en el Hospital San Jaime de Torrevieja, demandó a la aseguradora ya que, a pesar de tener un seguro contratado desde hace más de 30 años, en el que consta la “asistencia médica y quirúrgica de toda clase de enfermedades o lesiones comprendidas en las especialidades y modalidades que se describen en los servicios médicos de la póliza, dentro de los límites y condiciones estipulados en la misma y mediante la aplicación de la prima que en cada caso corresponda”.

Y es que, aunque la primera parte de su tratamiento oncológico fue realizada en la Clínica Vistahermosa de Alicante y sí fue asumida por Asisa, cuando la paciente y demandante se trasladó de centro, por la insatisfacción con el trato recibido, la aseguradora dejó de hacerse cargo de dicho tratamiento.

"En la póliza contratada, hace más de 30 años, nada se dice de hospitales concertados"
El motivo, según la compañía de seguros médicos, es que la demandante no cumplió las condiciones de la póliza al acudir a un centro no concertado en lo que concierne al servicio de oncología; pero esto, no le fue informado a la afectada cuando acudió a las oficinas de Asisa para comunicar su traslado de centro.

Además, la reclamación se fundamenta en que “los requisitos de que el médico y centro médico deban ser de los incluidos en la lista de facultativos de la entidad y los centros concertados, constituyen una limitación de los derechos de la asegurada, a fin de obtener la cobertura del riesgo asegurado”.

Asimismo, se indica que “en la póliza contratada nada se dice de hospitales concertados ni que dicha falta de autorización sea una causa de pérdida del derecho, rescisión o indisputabilidad del contrato”.

De este modo, la sentencia indica que, además de suponer una limitación de los derechos de la asegurada, “entra en contradicción con la libertad de elección de médico descrita en la condición 15ª y con el hecho de que la póliza no establezca ninguna referencia a la existencia de centros concertados”.

Por todo ello, el juzgado concluye que “la aseguradora Asisa deberá atender al abono de los costes soportados por su asegurada para el tratamiento de oncología prestado en el Hospital San Jaime de Torrevieja, desde abril de 2011 hasta 2014”.

Aunque el recurso de apelación tenía un plazo de 20 días, Asisa no ha recurrido la sentencia y ya ha efectuado el pago a la demandante.


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