El Colegio de Higienistas de Madrid alerta sobre las consecuencias de incurrir en un delito de intrusismo laboral, en su última campaña dentro de la iniciativa “12 meses, 12 sonrisas”. Desde la organización colegial advierten que “el hecho de ejercer la profesión de Higienista Dental sin contar con la formación adecuada y sin haber adquirido la titulación académica legalmente exigida, puede suponer la comisión de un delito de intrusismo profesional, que se sanciona por el Código Penal con multa e incluso con penas de prisión de hasta dos años”.
Para cometer un delito de intrusismo profesional es suficiente con desarrollar una sola vez alguna de las actuaciones reservadas a la profesión, es decir, no hace falta que se haya ejercido la profesión de manera continuada o prolongada en el tiempo. Realizar una sola limpieza dental (detartraje), por ejemplo, sin tener el título habilitante, “ya supone la comisión de este delito”, advierten.
La organización recuerda también en su campaña que “si la titulación ha sido obtenida en un país extranjero y no ha sido homologada en España mediante el correspondiente procedimiento administrativo”, también se incurre en la comisión de delito de intrusismo profesional.
“Para ejercer en España con una titulación obtenida en el extranjero es necesaria su homologación mediante el correspondiente procedimiento administrativo”
Otro de los delitos que puede cometerse es el de falsedad documental si para ejercer la profesión “el intruso ha facilitado a la Clínica Dental en la que trabaja, o al Colegio, un título habilitante falsificado”. Este delito está penado con condenas de multa y de hasta 1 año de prisión.
Si, además, el intruso para poder ejercer la profesión ha facilitado a la Clínica Dental en la que trabaja, o al Colegio, un título habilitante falsificado, comete un delito de falsedad documental, para el que se prevén condenas de multa y prisión de hasta 1 año.
Recuerdan que los Colegios Oficiales de Higienistas Dentales, en su constate labor de vigilancia, han iniciado numerosas actuaciones judiciales para perseguir estas conductas que, en la totalidad de los casos, han finalizado con la condena de la persona denunciada. En comunidades como Madrid, para poder ejercer la profesión de Higienista Dental es obligatorio estar colegiado.