Condenada a una multa de 2.880 euros una protésico dental por un delito de intrusismo profesional

El Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla reclama un endurecimiento de las penas impuestas por este tipo de delitos

Protesico dental con una ferula de descarga Fuente Canva
Protesico dental con una ferula de descarga Fuente Canva
29 mayo 2024 | 13:25 h
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El Juzgado de lo Penal de Sevilla ha condenado a una protésico dental a abonar una multa de 2.880 euros por un delito de intrusismo profesional cometido tras explorar, diagnosticar, prescribir, tomar impresiones y adaptar una férula de descarga a una paciente. El Colegio de Dentistas de Sevilla denunció los hechos y se ha personado como acusación particular como corporación de derecho público a través de su Asesoría Jurídica.

En la sentencia queda probado que la acusada realizó funciones propias de la profesión de dentista, ya que, tras la exploración, diagnosticó bruxismo a la paciente, tras lo cual le prescribió una férula de descarga e intervino en la boca de la paciente, sin que en ningún momento interviniera un dentista.

La sentencia indica que “las férulas de descarga reúnen requisitos de tratarse de productos invasivos y de uso temporal y además deben adaptarse a las circunstancias y medidas del paciente y deben ser consideradas como prótesis”. A su vez añade que la acusada informó al cliente de la necesidad de acudir a tres “consultas” y del precio del producto sin preguntar para qué necesitaba la férula y si tenía la prescripción necesaria de un odontólogo.

La sentencia refleja que la acusada realizó funciones propias de la profesión de dentista: diagnosticó bruxismo, prescribió una férula de descarga e intervino en la boca de la paciente

“Del hecho de que sea vendida por Internet algún tipo de férula, cuestión que no ha sido objeto de actividad probatoria en el presente procedimiento, no se infiere que se trate de productos de fabricación libre y que escapen de la normativa anteriormente señalada ya que el citado decreto 1591/09 permite que los fabricantes de éstas puedan venderlas comunicándolo a la Agencia Española del Medicamento, la cual establecerá la homologación necesaria al respecto. Por tanto, sentado que nos encontramos con la fabricación de una prótesis, el protésico dental ha de guiarse por las prescripciones de un odontólogo o estomatólogo”, indica la sentencia.

Las dilaciones indebidas del procedimiento debido a la carga de trabajo del juzgado en el que se han enjuiciado los hechos, han hecho que la condenada se haya visto beneficiada por una reducción de la condena. Desde el Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla afirman que siguen “persiguiendo los delitos de intrusismo profesional para asegurar una asistencia sanitaria odontológica adecuada y de calidad, luchando de forma eficiente contra aquellos que ejercen la Odontología sin tener la formación, las competencias y las capacidades legales necesarias”.

Desde la organización colegial exigen el endurecimiento de las penas impuestas por este tipo de delitos, ya que “por el momento no es suficiente”, afirman, “para reducir el elevado número de infracciones que se producen en el ámbito de la Odontología”.

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