Padecer el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) o diabetes ya no será una causa de exclusión médica para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, tras el consejo de ministros de este martes. Sólo operarán como impedimento para ejercer esas funciones si así lo determina un informe médico individualizado.
El Consejo de Ministros acordó en 2018 actualizar las convocatorias de pruebas selectivas del personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, con la finalidad de eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público, entre ellas el VIH y la diabetes
Consecuencia de ello, y para asimilar el régimen de exclusiones médicas para el uso de armas por parte del personal de seguridad privada al aplicable a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas, el Real Decreto aprobado reforma el 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
Tras esta reforma, según ha informado el Gobierno, desaparece el impedimento para ejercer funciones de seguridad privada armada a los portadores del VIH o a quienes padezcan diabetes, que solo podrán ser excluidos de esas funciones en función del informe individual que en cada caso emita el servicio médico correspondiente.