La Comisión Europea ha propuesto un veto para prohibir la venta en la Unión Europea de las cargas con tabaco de sabores para calentar en cigarrillos electrónicos (THP), al considerar que el fuerte incremento de sus ventas en el territorio comunitario ya no justifica la exención de que disfrutaban por ser un derivado novedoso con alcance limitado entre los consumidores.
Aunque los cigarrillos electrónicos se utilizan mayoritariamente para dejar de fumar, lo cierto es que las ventas del tabaco calentado han aumentado significativamente entre los clientes europeos, con al menos un incremento del 10% en al menos cinco de los Estados miembros.
La Unión Europea prohíbe ya la comercialización de tabaco mentolados u otros aromas que puedan hacer más atractivo su consumo pero la norma prevé exenciones para productos distintos a los cigarrillos o tabaco de liar que por su novedad o poco alcance apenas tienen presencia en el mercado comunitario.
La comisaria ha recordado que nueve de cada diez casos de cáncer de pulmón están causados por el tabaco y ha justificado así las medidas para hacer "lo menos atractivo posible" su consumo
"Damos así un nuevo paso para lograr bajo el plan europeo contra el cáncer el objetivo de contar con una 'generación libre de tabaco' en la que menos del 5% de la población consume tabaco en el horizonte de 2040", ha declarado la comisaria de Salud, Stella Kyriakides, en un comunicado.
La comisaria ha recordado que nueve de cada diez casos de cáncer de pulmón están causados por el tabaco y ha justificado así las medidas para hacer "lo menos atractivo posible" su consumo, para lo que considera esencial tomar medidas ante la constante llegada de nuevos productos al mercado, en especial dirigidos a los jóvenes.
Los cambios normativos que prevé la propuesta de la Comisión también suponen que los Estados miembro no podrán conceder exenciones nacionales a esta prohibición. El veto propuesto por Bruselas necesita aún superar el escrutinio del Consejo y del Parlamento Europeo para ser efectivo en los 20 días siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la UE, una evaluación que puede llevar aún entre dos y cuatro meses. Los gobiernos tendrán después otros ocho meses para trasladar la norma a sus legislaciones nacionales.