La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha avanzado este jueves que autoriza las medidas sanitarias adoptadas por el Consejo de Gobierno de este lunes como la prohibición de reuniones sociales entre las 01.00 y las 06.00 horas cuando la incidencia acumulada a 14 días supere los 450 casos por 100.000 habitantes.
Estas medidas entrarán en vigor este sábado afectarán a las reuniones de no convivientes en espacios públicos y privados tanto de la isla de Mallorca, Menorca como de Ibiza. En Formentera están prohibidas las reuniones familiares y sociales entre las 2:00 y las 6:00 horas de la madrugada.
Tampoco se opone a la prórroga del control de entrada de viajeros procedentes de otras comunidades autónoma hasta el 15 de septiembre
Según el auto de autorización de medidas sanitarias emitido por la Sala, tampoco se opone a la prórroga del control de entrada de viajeros procedentes de otras comunidades autónomas, así como de Ceuta y Melilla, hasta el 15 de septiembre.
En su auto, el TSJIB reconoce que a mayor número de infectados, mayor número de pacientes, algo que "debe tensar los servicios sanitarios". A pesar de reconocer que la vacunación está "yendo a buen ritmo y es palpable su positiva incidencia" en la protección de los ciudadanos frente a la COVID, la Sala concluye que hay un sector de la población, el más joven, cuya vacunación está "más retrasada" y donde se registra la incidencia de contagios "más elevada".
Por ello, justifica que la Administración quiera "limitar esos contactos" para así evitar el aumento de casos positivos de COVID-19 en la Comunidad, "máxime cuando es palmario que la variante delta está presente" en las Islas. La Sala que con esta medida de limitar las reuniones sociales se evitan conductas "desordenadas que son frecuentes y producen grandes aglomeraciones nocturnas", que producen un "alto riesgo de contagios" entre los asistentes.