La titular del juzgado de Instrucción número 2 de Cartagena, en funciones de guardia, ha acordado la prohibición de salida del territorio nacional del médico investigado por operar a la mujer fallecida tras someterse a una lipoescultura en Cartagena (Murcia)
Además, la magistrada ha acordado retenerle el pasaporte, bajo el apercibimiento de incurrir en un delito de quebrantamiento o desobediencia en caso de no cumplir la medida cautelar impuesta, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
La magistrada no se pronuncia sobre la inhabilitación del facultativo, como pretendía la acusación particular
La magistrada no se pronuncia sobre la inhabilitación del facultativo, como pretendía la acusación particular, al entender que una suspensión del ejercicio de la profesión solo está prevista en derecho penal como pena tras una condena, el auto cita concretamente las penas de inhabilitación absoluta y de inhabilitación especial del artículo 33, y, por tanto, no como medida cautelar, que además de proporcionales, han de ser excepcionales y subsidiarias.
"Al derecho administrativo le corresponde desempeñar un papel preventivo y sancionador de primer grado, y conforme al principio de intervención mínima, la sanción penal debe reservarse para aquellas conductas que pongan el bien jurídico protegido en una situación de peligro suficientemente relevante", explica la resolución. Lo contrario supondría, según la instructora, invertir "el proceso lógico establecido en la actuación penal y en la actuación administrativa".
Además, acuerda la inhibición a favor del juzgado del partido judicial de Cartagena que resulte competente por la fecha en la que tuvo lugar la intervención quirúrgica (2 de diciembre) que derivó en las lesiones que llevaron al fallecimiento de la mujer el pasado 1 de enero.