Las enfermeras de ostomía podrán dispensar medicamentos sujetos a prescripción médica

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Guía para la indicación, el uso y la autorización para habilitar a estas enfermeras a dispensar medicamentos con prescripción y, salvo recurso, quedará aprobada en el plazo de un mes

Las enfermeras de ostomía podrán dispensar medicamentos sujetos a prescripción médica (Foto: EP)
29 diciembre 2022 | 10:00 h
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La Dirección General de Salud Pública ha hecho pública este jueves, a través de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la resolución de por la cual se valida la Guía para la indicación, el uso y la autorización para que las enfermeras de ostomía estén habilitadas a la hora de dispensar medicamentos sujetos a prescripción médica. Este documento ya fue previamente elaborado y aprobado por la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el pasado 14 de diciembre y únicamente quedaba pendiente, como establece el Real Decreto 954/2015, su validación por parte de la Dirección General de Salud Pública.

Así, y al considerar que su contenido es "adecuado y suficiente" a los fines de la indicación, uso y autorización de dispensación por los enfermeros de medicamentos de uso humano sujetos a prescripción médica, el organismo ha decidido validarlo y, por ende, publicarlo en el BOE. La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Secretaría de Estado de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOE.

Las ostomías se definen como aquellas aberturas artificiales realizadas por medio de una intervención quirúrgica entre cavidades o conductos y la superficie corporal, cuyo objetivo es establecer una comunicación desde el interior del cuerpo hacia el exterior

Las ostomías se definen como aquellas aberturas artificiales realizadas por medio de una intervención quirúrgica entre cavidades o conductos y la superficie corporal, cuyo objetivo es establecer una comunicación desde el interior del cuerpo hacia el exterior. Los cuidados de este tipo de lesiones son una práctica habitual de las enfermeras en el ámbito de sus competencias, ofreciendo una atención integral a las personas portadoras de una ostomía en las distintas fases de todo su proceso.

Las intervenciones enfermeras comprenden la valoración previa a la cirugía, el seguimiento y el manejo del estoma, así como un permanente asesoramiento y educación para el autocuidado. Todas las actuaciones están destinadas a alcanzar unos resultados en salud positivos. "Es por todo ello por lo que un adecuado abordaje y seguimiento de estas ostomías dentro de un equipo multidisciplinar se hace esencial para controlar y minimizar sus efectos. Las consultas de las enfermeras deben incorporar en este contexto herramientas que garanticen el seguimiento protocolizado del tratamiento farmacológico de estos pacientes en colaboración con el resto de los profesionales de referencia", señala el texto publicado en el BOE.

La revisión de los contenidos de esta guía se realizará al menos cada cinco años, con objeto de incorporar la nueva evidencia disponible. Durante ese período, siempre que sea necesario, se procederá a la integración de novedades científicas o actualizaciones

Para la selección de los medicamentos del listado de esta guía se ha realizado una revisión de la literatura científica que no ha permitido establecer un listado de medicamentos concretos, basado estrictamente en la evidencia científica, cuyo uso esté implicado o directamente relacionado con los cuidados de enfermería de la ostomía y el mantenimiento de los estomas (prevención de riesgos y atención a complicaciones). Por ello, la selección se ha realizado teniendo en cuenta los criterios técnicos de consenso de profesionales expertos de unidades especializadas en estomas de alimentación (gastrostomías y yeyunostomías), estomas de eliminación (colostomías, ileostomías y urostomías) y estomas de ventilación (traqueostomías).

La revisión de los contenidos de esta guía se realizará al menos cada cinco años, con objeto de incorporar la nueva evidencia disponible. Durante ese período, siempre que sea necesario, se procederá a la integración de novedades científicas o actualizaciones, como es la autorización de nuevos medicamentos.

 

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