El juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas y a su aseguradora a indemnizar en 25.000 euros a un paciente que sufrió una gangrena de Fournier, una grave infección necrotizante que afecta a los genitales, tras someterse a una vasectomía en el Hospital do Salnés, en Vilagarcía.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, este paciente, de 35 años de edad, fue sometido a la intervención el 4 de marzo de 2015. Dos días después acudió a Urgencias por presentar dolor inguinal y sangre en la orina, y se le diagnosticó un hematoma, para el que le prescribieron antiinflamatorios y antibióticos.
El hombre quedó ingresado, pero su situación empeoró y el 8 de marzo fue trasladado al Hospital de Pontevedra, donde tuvo que ser intervenido en dos ocasiones por presentar una gangrena de Fournier. Posteriormente, debido a las secuelas de las intervenciones, tuvo que ser nuevamente operado, en ese caso en el servicio de cirugía plástica del CHUS.
El paciente, representado por el abogado Cipriano Castreje, presentó reclamación ante el Sergas por considerar que no se le había informado adecuadamente de los riesgos de la intervención, así como por los daños físicos y psicológicos derivados de un diagnóstico tardío y un incorrecto tratamiento inicial.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, este paciente, de 35 años de edad, fue sometido a la intervención el 4 de marzo de 2015
El Sergas estimó parcialmente la reclamación y determinó una indemnización de 9.000 euros, pero el despacho de Castreje presentó recurso contencioso y un juzgado de Santiago lo ha estimado parcialmente, aumentado la indemnización hasta los 25.000 euros.
En su sentencia, el juzgado señala que la información aportada al paciente sobre los riesgos de la vasectomía fue "excesivamente escueta" y que, si bien la gangrena de Fournier es una complicación poco frecuente, el consentimiento informado que firmó el paciente solo recogía el riesgo de posible hematoma o inflamación.
Por otra parte, aunque no considera acreditado que se hubiera roto el protocolo de asepsia por parte del Hospital do Salnés, sí señala que, en la primera visita a Urgencias, debería haberse hecho una ecografía y un drenaje quirúrgico, por lo que "se ha producido una pérdida de oportunidad que debe ser indemnizada".
Por todo ello ha estimado parcialmente el recurso y ha fallado que la indemnización que deben abonar el Sergas y su aseguradora debe ascender a 25.000 euros. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación.