El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el Real Decreto 740/2021, de 24 de agosto, por el que se regulan la Estrategia Nacional sobre Adicciones y sus planes de acción, así como se modifican cuatro reales decretos para adaptar la composición de algunos órganos colegiados del Plan Nacional sobre Drogas y la competencia ministerial con relación a la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas a la nueva organización ministerial.
El Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, preveía que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de dicho real decreto se realizara la adaptación normativa de los órganos colegiados dependientes o asesores del Departamento al nuevo marco de distribución competencial entre los departamentos ministeriales.
En la actualidad, la estructura orgánica específica para la coordinación y la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas, integrada en este momento dentro de la estructura general del Ministerio de Sanidad, está formada por: la Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas; la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones; la Comisión Técnica de Valoración de Actuaciones sobre Drogas; el Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones; y la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
El BOE publica el Real Decreto que regula la Estrategia Nacional sobre Adicciones y sus planes de acción
"La adaptación de la normativa reguladora de la composición de dos de sus órganos colegiados (la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y el Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones) de la estructura orgánica del Plan Nacional sobre Drogas al actual marco de distribución competencial entre los departamentos ministeriales es, en consecuencia, una obligación jurídica", explica el documento del BOE.
Asimismo, recuerdan que "es también necesario y oportuno llevar a cabo en este momento una adaptación de la normativa reguladora de la composición de los dos mencionados órganos colegiados del Plan Nacional sobre Drogas a las futuras modificaciones del actual marco de distribución competencial entre los departamentos ministeriales por un doble motivo: por una parte, para evitar, o, al menos, para minimizar, en lo sucesivo, el impacto en la composición y en el funcionamiento de dichos órganos colegiados de las futuras modificaciones del actual marco de distribución competencial de los departamentos ministeriales; y, por otra parte, para evitar, o, al menos, para reducirlas al máximo posible, las reformas posteriores de la normativa reguladora de dicha composición que deban de llevarse a cabo como consecuencia de las modificaciones competenciales antes aludidas".
"Por las circunstancias expuestas, y con el fin de garantizar la necesaria seguridad jurídica en la gestión ministerial de la Orden y, especialmente, en la concesión de la medalla de oro de la misma, se llevan a cabo también en este real decreto las correspondientes modificaciones del artículo 4 del Real Decreto 2023/1995, de 22 de diciembre, para adaptarlo a la actual adscripción ministerial de la estructura orgánica del Plan Nacional sobre Drogas al Ministerio de Sanidad y también, como en el caso de los órganos colegiados de dicha estructura, a futuras reformas de la indicada adscripción ministerial", remacha el texto.