El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica en su edición de este martes la orden de la Consejería de Sanidad que establece el procedimiento para que los enfermeros puedan dispensar medicamentos y productos sanitarios de uso humano en la Comunidad.
Esta orden también regula las condiciones paraobtener la acreditación para la dispensación de medicamentos a la fecha de entrada en vigor de esta orden.
Además de regular un procedimiento a instancia de los interesados, se regula un procedimiento excepcional, de oficio, para el personal que, cumpliendo los requisitos preste servicios en la Gerencia Regional de Salud, Gerencia de Servicios Sociales y en las Instituciones Penitenciarias ubicadas en Castilla y León.
Estos requisitos permitirán agilizar la acreditación de los enfermeros de estos organismos públicos de la Comunidad.
Los profesionales deberán acreditar una experiencia mínima de un año y superar un curso de adaptación que impartirá la Administración y que será gratuito
Los requisitos que necesitarán los enfermeros para obtener la acreditación para poder prescribir medicamentos en la atención general son estar en posesión del título de graduado o diplomado en Enfermería o de ayudante técnico sanitario, acreditar una experiencia mínima de un año y superar un curso de adaptación que impartirá la Administración y que será gratuito.
Para la acreditación en cuidados especializados se requieren los mismos requisitos pero se debe acreditar un año de experiencia en la especialidad en la que se solicita la acreditación.
No obstante, se tramitará de oficio la acreditación de los enfermeros que se encuentren en servicio activo, cumplan el requisito de haber prestado servicios al menos durante un año el día 1 de diciembre de 2020, incluido, y presten servicios en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en la Gerencia de Servicios Sociales y en las Instituciones Penitenciarias ubicadas en la Comunidad de Castilla de León.