BOA publica la autorización de incorporación al Salud del personal jubilado de enfermería y medicina

Por ahora, ya hay 14 profesionales inscritos en la bolsa (ocho enfermeros y seis médicos), que podrían incorporarse al servicio durante la próxima semana, como se ha señalado.

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El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este viernes, 7 de enero, la resolución que autoriza la incorporación al servicio activo de profesionales de medicina y enfermería en situación de jubilación que no hayan cumplido la edad de 70 años, como medida para hacer frente a las necesidades asistenciales ocasionadas a causa de la séptima ola pandemia del coronavirus en este territorio.

El Departamento de Sanidad del Gobierno autonómico ha señalado en una nota de prensa que, una vez valorada la oportunidad de su incorporación por parte del Servicio Aragonés de Salud (Salud), podrán pasar al servicio activo a lo largo de la próxima semana.

Por ahora, ya hay 14 profesionales inscritos en la bolsa --ocho enfermeros y seis médicos--, que podrían incorporarse al servicio durante la próxima semana, como se ha señalado.

La resolución, firmada por el director gerente del Salud, José María Arnal, señala que la incidencia de la Covid-19 en las últimas fechas "ha puesto de nuevo al límite las capacidades del sistema sanitario aragonés", particularmente de la atención primaria, con la consiguiente "dificultad" para realizar de forma "óptima" las actividades de detección precoz y seguimiento de los casos, la identificación y seguimiento de los contactos y la asistencia ordinaria a los pacientes.

Asimismo, el aumento exponencial de casos está haciendo que los servicios de Atención Primaria, responsables de la trazabilidad de los contactos y de la implementación de la Estrategia de vacunación, "no puedan realizar estas funciones ni su actividad habitual de forma adecuada", añade el citado documento.

El Salud valorará la oportunidad de la incorporación y, de ser aceptada, se realizará un nombramiento estatutario eventual en la correspondiente categoría o especialidad, que podrá ser tanto a jornada completa, como a tiempo parcial

También recuerda que el Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, modifica el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, para permitir compatibilizar la percepción de la pensión de jubilación hasta el 31 de diciembre de 2022 de los profesionales que ejercen la medicina y la enfermería y que, en virtud de nombramiento estatutario o contrato laboral, presten servicios tanto en centros sanitarios públicos, como privados, con el objeto de llevar a cabo tareas dirigidas a la lucha contra la Covid-19, siempre que la incorporación al servicio activo derive de las autorizaciones acordadas por la autoridad sanitaria competente.

INCORPORACIÓN VOLUNTARIA

La resolución precisa que su objetivo es garantizar la existencia de profesionales suficientes para atender a todas aquellas personas afectadas por el virus al permitir que los profesionales sanitarios jubilados puedan incorporarse voluntariamente a los centros sanitarios públicos de Aragón en los términos previstos en la citada normativa.

Esta medida se aplicará en el caso de agotamiento de los listados de vinculaciones temporales de las correspondientes categorías profesionales.

Las personas interesadas en incorporarse al servicio activo podrán formular su solicitud a través del correo electrónico 'bolsasalud@aragon.es', facilitando sus datos personales, así como su disponibilidad geográfica y de jornada y otras observaciones que consideren.

El Salud valorará la oportunidad de la incorporación y, de ser aceptada, se realizará un nombramiento estatutario eventual en la correspondiente categoría o especialidad, que podrá ser tanto a jornada completa, como a tiempo parcial, y que mantendrá su vigencia durante el tiempo que se considere necesario, en función de la evolución de la crisis sanitaria, con el límite de 31 de diciembre de 2022. Dicho nombramiento será compatible con la pensión de jubilación.

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