El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recurso presentado por un paciente que fue operado en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo de una hernia discal, debido a que la intervención se realizó un año después de ser incluido en la lista de espera, a pesar de que se trataba de una operación de prioridad 2 y el tiempo de demora recomendable no debía superar los 90 días.El Tribunal reconoce que hubo una "demora manifiesta" en la realización de la cirugía, que fue un año después de entrar en lista de espera, y ese retraso "fue susceptible de producir un agravamiento en la dolencia diagnosticada".El Sergas (y su compañía aseguradora, solidariamente) está obligado a resarcir a este paciente y, si bien considera "desorbitada" la cantidad reclamada por el recurrente (120.000 euros), establece una indemnización de 30.000 euros. Ahora el paciente sufre una incapacidad permanente total para su profesión habitual de soldador-fabricador de cisternas.