El Lehendakari del Gobierno vasco, Iñigo Urkullu, ha presidido este martes la reunión del Consejo asesor que le asiste como director único del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI), tras implementarse la emergencia sanitaria en esta comunidad autónoma. En la reunión, en la que también ha estado presente la consejera de Salud, Nekane Murga, se han aprobado nuevas limitaciones en diferentes sectores con el fin de poner freno a los rebrotes de Covid-19.
En cuanto a la reunión y el encuentro de personas, tanto en la vía pública como en establecimientos hosteleros quedará reducido a un máximo de 10 personas. Mientras, tanto en velatorios como en entierros, tanto abiertos como cerrados, y en comitivas de enterramiento, el encuentro queda limitado a un máximo de 30 personas.
El consumo en el interior y exterior de los locales debe realizarse “siempre sentados”; además, deberá garantizarse “que exista distancia de 1,5 m entre el cliente de una mesa y el inmediato de la siguiente”
Para el sector de la hostelería (bares, restaurantes y txokos) se han impuesto nuevos límites, como el cierre a las 01:00 horas. También se ha fijado que el consumo tanto en el interior como en el exterior del local debe realizarse “siempre sentados”. Además, deberá garantizarse “que exista distancia de 1,5 m entre el cliente de una mesa y el inmediato de la siguiente”. Mientras, el servicio de barra se permitirá si se puede mantener la distancia interpersonal.
En lo que respecta a las zonas comunes en hoteles y alojamientos turísticos, éstas tendrán un aforo del 60 %. Mientras, tanto en los servicios de buffets como en las actividades de animación, deportivas o grupales, los correspondientes grupos se reducirán a un máximo de 10 personas. Por su parte, como ya se había consensuado con el resto de CC.AA., queda cerrado por completo el ocio nocturno (discotecas, salas de baile, pubs, etc.).
TRANSPORTE PÚBLICO Y MASCARILLAS
Otra de las novedades reguladas por el Gobierno vasco es que el transporte público “finalizará a la misma hora” que la actividad en bares y restaurantes, es decir, a las 01:00 horas. Además, queda prohibida la ingesta de alimentos en trayectos inferiores a dos horas y únicamente se excluye la obligación del uso de la mascarilla “en el momento de la ingesta de líquidos”. Aún así, las mascarillas deberán utilizarse de nuevo “inmediatamente después del momento de la bebida”.
Se ha prohibido también “toda actividad en lonjas y cualquier local de características similares”
Con respecto a las actividades en el exterior, se imponen nuevas actuaciones. Así, tanto la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, como el turismo activo y de naturaleza o las visitas a centros recreativos y acuarios quedan limitadas también a un máximo de 10 personas. También se reduce el aforo en piscinas públicas o privadas al 60 %, prohibiéndose las estancias superiores a 3 horas.
Finalmente, se ha optado por prohibir “toda actividad en lonjas y cualquier local de características similares”. Además, se ha recordado que está prohibida la práctica del botellón y tampoco se puede fumar en espacios públicos “cuando la persona fumadora no pueda garantizar que va a mantener la distancia mínima interpersonal de 2 metros”, especificándose también que la mascarilla “se retirará exclusivamente para la inhalación y exhalación del humo”.