La Justicia autoriza el toque de queda en Navarra para los fines de semana y festivos

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra avala el toque de queda nocturno entre la 1 y las 6 horas para los municipios navarros en situación de riesgo extremo

Hospital, Covid 19. (Foto. UNIVERSIDAD DE NAVARRA   Archivo)
Hospital, Covid 19. (Foto. UNIVERSIDAD DE NAVARRA Archivo)
CS
23 julio 2021 | 15:15 h

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha autorizado este viernes el toque de queda solicitado por el Gobierno foral entre la 1:00 y las 6:00 horas de la madrugada para los municipios en situación de riesgo extremo por la Covid-19 durante los fines de semana, en festivos y en las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales. La medida estará vigente hasta el 30 de julio.

El Ejecutivo de Navarra solicitó este jueves a la Justicia aplicar a los municipios con una incidencia acumulada superior a 250 casos en 14 días o 125 casos en 7 días un toque de queda nocturno en fines de semana y festivo, tras el rechazo de la Justicia de aceptar un toque de queda para todos los municipios de Navarra que se encontrasen en situación de riesgo alto.

 El toque de queda es de la 1:00 a las 6:00 horas de la madrugada para los municipios en situación de riesgo extremo por la Covid-19 durante los fines de semana, en festivos y en las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales, hasta el 30 de julio

El Tribunal ha admitido que no autorizó el toque de queda por entender que la proliferación de los botellones debía ser controlada mediante la aplicación de la legislación ordinaria y no mediante el establecimiento de limitaciones a derechos fundamentales de la ciudadanía. “Sin embargo, a la vista de la prueba aportada a este procedimiento, podemos afirmar que no nos encontramos ante el mismo tipo de actuaciones".

Por eso, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha recalcado que se trata de una medida·"proporcionada, porque no impide la movilidad de forma absoluta”, ya que existen varias excepciones a esta limitación, y, además, no se extiende a toda la Comunidad Foral de Navarra, ni a todos los días de la semana, sino sólo a aquellos en los que se producen mayores contactos sociales, como son los sábados, domingos, festivos, vísperas de fiesta y los coincidentes con fiestas patronales, y "tiene una vigencia limitada en el tiempo". 

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