Navarra readmite a un empleado por un despido improcedente

El Departamento de Salud ha optado por la readmisión del trabajador tras la demanda interpuesta por CCOO.

Fernando Domínguez, consejero de Sanidad de Navarra
Fernando Domínguez, consejero de Sanidad de Navarra
CS
1 agosto 2018 | 17:34 h

El Departamento de Salud de Navarra está en la obligación de readmitir a un trabajador después de que el Juzgado de lo Social ha estimado una demanda interpuesta por el sindicato de CCOO y ha declarado improcedente el despido de dicho empleado.

A consecuencia de este fallo, tal y como se procede en casos de despidos improcedentes, el Departamento de Salud "debe o indemnizar al trabajador con 34.000 euros o readmitirlo". En este caso, el Gobierno de Navarra ha optado por la readmisión.

En este sentido, Carmen Pueyo, secretaria general de la Federación de Sanidad de CCOO de Navarra, ha relatado en una rueda de prensa recogida por Europa Press, que "el trabajador desde el año 2013 venía prestando sus servicios con un contrato administrativo por otras necesidades de personal, contrato que posteriormente fue modificado por un contrato por vacante y cuya situación se prolongó hasta mediados del mes de diciembre de 2017, cuando fue cesado".

En este caso, el Gobierno de Navarra ha optado por la readmisión del empleado

Pueyo ha explicado que, "en muchos casos, el Departamento de Salud realiza contrataciones que se llaman administrativas para ahorrarse algunos costes, frente a las contrataciones laborales con más derechos para la persona trabajadora, y se encadenan contratos administrativos durante largos periodos de tiempo".

"Esta práctica implica mayor temporalidad, menos derechos laborales y a la larga un mayor coste para la administración porque esta no es la primera sentencia que se gana sobre este tema", ha asegurado la secretaria general de la Federación de Sanidad, para la que “los elevados niveles de temporalidad en Salud son inaceptables".

Por su parte, Daniel Colioresponsable del gabinete jurídico del sindicato, ha valorado positivamente la sentencia ya que "el Juzgado de lo Social ha considerado que su jurisdicción es competente para enjuiciar estos temas cuando bajo la apariencia de una contratación administrativa se encubre una relación laboral o cuando la contratación administrativa no se ajusta al cauce legal correspondiente, cuestión que ocurre en este caso".

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