El Servicio Murciano de Salud ha decidido ampliar la vigencia de los tratamientos prescritos por receta electrónica con el fin de evitar el desplazamiento de los pacientes a sus centros de salud en el contexto de la actual saturación provocada por los picos asociados a infecciones por virus respiratorios como la gripe. En concreto, se han extendido los tratamientos con fecha prevista de caducidad entre el 15 de enero y el 15 de marzo de 2024. Igualmente, se liberará a los médicos de Atención de Primaria de la gestión administrativa que supone la renovación de las recetas de pacientes con tratamientos crónicos.
De esta manera, para una mayor comodidad del paciente, se ampliará 60 días la fecha de caducidad de las recetas electrónicas correspondientes a tratamientos crónicos y a demanda (incluido visado) cuya vigencia caduque entre el 15 de enero y el 15 de marzo de 2024. Esta actuación, que se llevará a cabo de forma escalonada y que se pondrá en marcha desde el lunes 15 de enero, beneficiará a 350.725 tratamientos que caducarían en ese periodo y a los que se les ampliará automáticamente su validez 60 días.
La retirada en la farmacia de los medicamentos para tratamientos agudos o la primera dispensación de tratamientos crónicos debe realizarse en un plazo de 10 días desde su prescripción
Los tratamientos farmacológicos que requieran receta médica deben prescribirse en el sistema de receta electrónica, salvo en casos de imposibilidad técnica cuando se emitirán las prescripciones usando el formato tradicional. Los facultativos médicos podrán revisar la adecuación de los tratamientos para evitar la inercia terapéutica debido a las sucesivas prórrogas. La receta electrónica es un sistema informatizado que habilita a la transmisión de la información de los tratamientos prescritos directamente a las oficinas de farmacia para su dispensación.
La retirada en la farmacia de los medicamentos para tratamientos agudos o la primera dispensación de tratamientos crónicos debe realizarse en un plazo de 10 días desde su prescripción. En el caso de los tratamientos crónicos, si hay una interrupción de las dispensaciones superior a 90 días desde la fecha de prescripción, el tratamiento se bloqueará y el paciente debe acudir a la consulta para que se le autorice la dispensación de nuevo.