La Ley de Farmacia de La Rioja permitirá flexibilizar el horario y regular el botiquín farmacéutico

La consejera de Salud de La Rioja, María Martín, ha sido la encargada de elevar este martes al Consejo de Gobierno el Anteproyecto de esta nueva ley

El consejero Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, Alfonso Domínguez, y la consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín (Foto. La Rioja)
14 enero 2025 | 15:40 h

La consejera de Salud de La Rioja, María Martín, ha elevado este martes al Consejo de Gobierno el Anteproyecto de la nueva Ley de Farmacia, que supondrá flexibiliza el horario de las farmacias, "con el fin de adecuarlo al de los consultorios médicos" y regula la figura del botiquín farmacéutico. En rueda de prensa junto al portavoz del Gobierno de La Rioja, Alfonso Domínguez, ha indicado que este anteproyecto "presta una especial atención a la farmacia rural".

Esto, ha dicho, "responde a una de las prioridades de la acción de Gobierno de La Rioja en esta legislatura que es asentar población en los pequeños municipios". Algo para lo que "es imprescindible dotar a esas localidades de servicios públicos de calidad, entre ellos, una atención farmacéutica cercana y eficiente".

La nueva norma lo que va a hacer es "flexibilizar el horario de las farmacias, lo que va a permitir adecuarlo a los consultorios médicos de estos municipios y va a facilitar la atención de los botiquines adscritos a dichas farmacias". Regula la figura del botiquín farmacéutico y esto, ha dicho, "garantiza que, a medio y largo plazo, la atención farmacéutica en localidades más pequeñas esté asegurada y sea de calidad". En la actualidad, según los datos de la Consejería, hay 48 en La Rioja.

"Garantiza que, a medio y largo plazo, la atención farmacéutica en localidades más pequeñas esté asegurada y sea de calidad"

Por otro lado, "teniendo en cuenta la realidad de los municipios de nuestra comunidad autónoma esta ley indica que se van a llevar a cabo estudios de planificación farmacéutica de forma constante considerando las zonas básicas de salud y criterios de demarcación territorial distancias y módulos de población". La norma regula las funciones de las oficinas de farmacia de ejercicio obligatorio, nuevas actividades y otras funciones adicionales de los establecimientos farmacéuticos.

Entre estos, la venta al público a través de sitios web de medicamentos de uso humano y veterinario no sujetos a prescripción médica; la entrega de medicamentos, alimentos dietéticos para usos médicos especiales y productos sanitarios en el domicilio de las personas conforme a unos requisitos, y la posibilidad de prestar otras actividades sanitarias en la oficina de farmacia como la preparación de los sistemas personalizados de dosificación de medicamentos.

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