La Xunta oficializa la creación del Consejo Técnico de Atención Primaria

La Consejería de Sanidad publica en el portal de transparencia el texto mediante el que se crea y regula el Consejo Técnico de Atención Primaria.

La propuesta de redacción del texto para la creación del Consejo Técnico de Atención Primaria cuenta con un período de 15 días para hacer aportaciones al mismo.
16 abril 2019 | 14:45 h

El portal de transparencia de la Xunta de Galicia publicó ayer una Orden de la Consejería de Sanidad por la que se crea y regula la composición, funcionamiento y organización del Consejo Técnico de Atención Primaria, tal y como había acordado el departamento sanitario del Ejecutivo gallego con las organizaciones sindicales, en reunión celebrada el pasado día 8, después del proceso iniciado por Sanidad para poner en marcha un nuevo modelo del primer nivel asistencial.

Tal y como recoge la propuesta hoy publicada, serán funciones del Consejo Técnico de Primaria: el análisis y evaluación de las necesidades de recursos humanos en el ámbito de la Atención Primaria; el análisis de la mejora de su capacidad resolutiva y de la cartera de servicios; de las líneas de gestión de procesos asistenciales de Atención Primaria y de propuestas de mejora de las relaciones de Primaria con la Atención Hospitalaria; y el estudio y análisis de propuestas de nueva organización de la gestión del primer nivel asistencial.

Tal y como había acordado con las organizaciones sindicales el departamento sanitario autonómico, en reunión celebrada el pasado día 8

Se considera necesaria la creación de este Consejo que, con un carácter permanente, realice funciones en relación con aspectos científicos, sociales y profesionales en el ámbito de la atención primaria, desde una visión multidisciplinar, que se refleje en su composición y que pueda aconsejar y tratar los programas y medidas a desarrollar en este proceso.

Otras funciones del Consejo son: proponer y elaborar programas de intervención comunitaria para la mejora de la salud de la población y asesorar al Sergas en los asuntos de su ámbito de competencias, especialmente en lo que se refiere a la prevención, diagnóstico precoz y mejora de la accesibilidad de la atención sanitaria y sobre aspectos relacionados con la formación, docencia e investigación de la Atención Primaria, así como presentar propuestas de mejora de los servicios en el ámbito de las funciones descritas.

También analizará el Consejo las líneas de gestión de procesos asistenciales de Primaria y de propuestas de mejora de las relaciones entre Primaria y Hospitalaria.

Siguiendo con las funciones contempladas en la propuesta de redacción de la Orden publicada ayer, el Consejo también se encargará del estudio y análisis de propuestas de nueva organización de la gestión de Primaria; del asesoramiento sobre aspectos relacionados con la formación, docencia e investigación en el primer nivel asistencial; de la presentación de propuestas de mejora de los servicios del Sergas; de estudiar y emitir informes sobre planes, programas o proyectos, y, además, del análisis y evaluación de las necesidades de recursos humanos.

PROFESIONALES DE RECONOCIDO PRESTIGIO

El Consejo Técnico de Atención Primaria estará formado por un máximo de 45 personas de reconocido prestigio, reconocimiento social y trayectoria profesional acreditada en el ámbito sanitario.

El Consejo contará con vocales a propuesta de Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria; de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia; de la Asociación Gallega de Medicina Familiar y Comunitaria; de la Asociación Gallega de Pediatría de Atención Primaria; de la Asociación Gallega de Enfermería Familiar y Comunitaria; de la Sociedad Gallega de Fisioterapeutas; de la Asociación Española de Trabajo Social y Salud; de la Asociación de Farmacéuticos de Atención Primaria de Galicia, así como un vocal a propuesta de cada una de las organizaciones sindicales con representación en la mesa sectorial de sanidad.

En el Consejo estarán representados los colegios profesionales del ámbito sanitario, las sociedades científicas, las organizaciones sindicales, asociaciones, entidades locales y los usuarios, entre otros.

También habrá un vocal a propuesta de la Federación Gallega de Municipios y Provincias; de las asociaciones que forman parte del Consejo Asesor de Pacientes; de los Colegios Oficiales de Galicia de Médicos, de Enfermería, de Farmacéuticos; de Fisioterapeutas; y de Trabajadores Sociales.

Al mismo tiempo, en el Consejo estarán representadas las consellerías de la Xunta competentes en materia de Educación y de Servicios Sociales; así como Urgencias Sanitarias de Galicia-061, y los departamentos del Sergas de recursos económicos, humanos, formación y tecnologías de la información.

Señalar, asimismo, que el nombramiento de las personas miembros del Consejo tendrá una duración de tres años, procurándose una composición paritaria entre hombres y mujeres. Tal y como se indica en la propuesta de redacción de la Orden, el pleno del consejo se reunirá, por lo menos, dos veces al año, o a requerimiento de la presidencia o de un tercio de sus miembros.

La propuesta de redacción del texto cuenta con un período de 15 días para hacer aportaciones al mismo.

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