La revolución que está por llegar a las farmacias gallegas

La Xunta actualiza la Ley de Ordenación Farmacéutica veinte años después de su aprobación para adaptarla a las necesidades actuales de usuarios y profesionales

El Ejecutivo gallego reforma la Ley de Ordenación Farmacéutica de 1999 con el objetivo de que sirve para solucionar las demandas actuales de los usuarios y los profesionales de las farmacias.
El Ejecutivo gallego reforma la Ley de Ordenación Farmacéutica de 1999 con el objetivo de que sirve para solucionar las demandas actuales de los usuarios y los profesionales de las farmacias.

La Xunta de Galicia actualizará la actual Ley de Ordenación Farmacéutica para adaptarse a los múltiples cambios sociales que ha habido desde su aprobación hace dos décadas con un doble objetivo. Por una parte recoger las novedades de regulación que se introdujeron desde 1999 y, por otra, solucionar de manera eficaz las necesidades y demandas actuales de los usuarios y profesionales de las farmacias.

El Gobierno de Alberto Núñez Feijóo presentó la pasada semana el proyecto de reforma de la Ley de Ordenación Farmacéutica de 1999 con el que se pretende garantizar la dispensación de medicamentos en las zonas menos pobladas. Así, está previsto que las farmacias puedan abrir sucursales en las parroquias o poblaciones donde no haya este servicio. De este modo, el Ejecutivo gallego quiere garantizar que este servicio se preste en todos los municipios.

El Gobierno gallego quiere garantizar la dispensación de medicamentos en las zonas menos pobladas

 El texto contempla la agilización de los concursos públicos para las nuevas farmacias, la regulación de la venta por Internet y la introducción de la posibilidad de la atención farmacéutica a domicilio. En este último caso, la denominada farmacia domiciliaria queda acotada a aquellos pacientes y usuarios que tengan movilidad reducida o que sufran enfermedades crónicas.

En cuanto a la venta de medicamentos por Internet, se establece la prohibición de la venta de productos que no sean propios del canal farmacéutico o la prohibición de que se lleven a cabo actividades comerciales por parte de sociedades mercantiles con personalidad jurídica distinta al titular de la farmacia. También la cesión de espacios a terceras personas o la entrega de regalos de cortesía.

CONCURSOS DE TRASLADOS

Como avanzó Feijóo hace unas semanas, la norma introducirá un concurso público previo de traslados a las oficinas vacantes al que solo podrán concurrir los titulares o cotitulares de farmacias establecidas en la comunidad autónoma. Aunque, tal y como aclaró, posteriormente se convocará otro concurso de traslados que en esta ocasión estará abierto para farmacéuticos que no tengan farmacia propia dentro ni fuera de Galicia ni la transmitieran en los diez años previos.

Sobre este punto, el titular del Gobierno gallego subrayó que la norma incorporará la posibilidad de limitar los traslados cuando se aprecie que la atención sanitaria puede quedar perjudicada. Feijóo destacó que se busca “garantizar la prestación a los usuarios y responder a las expectativas de los profesionales”.

La nueva ley incorporará la posibilidad de limitar los traslados cuando se aprecie que la atención sanitaria puede quedar perjudicada por dejar a una población entera sin servicio de Farmacia

Además, en relación a las boticas anexas, Feijóo indicó que el texto legal se abre a la posibilidad de que para autorizar nuevas farmacias se prevea instalar una botica anexa en una zona de difícil acceso o donde el cierre de una farmacia deje sin atención un área determinada.

Las oficinas de farmacia también se preocupan por la posibilidad de implantar el modelo inglés de supermercado-farmacia en España. / Nacho Cortés

OTRAS NOVEDADES

En lo que respecta a los procedimientos de autorización de cambio de localización, se mantiene la excepción de respetar la distancia mínima de 250 metros en las zonas que cuentan con una única farmacia siempre que esté justificado por razones de interés general.

Asimismo, y siguiendo con el ámbito de los concursos, la ley también introduce medidas como la posibilidad de que la Administración solicite un aval a los adjudicatarios de las farmacias, la elevación de 3 a 15 años el período mínimo para poder transmitir una farmacia tras obtenerla en concurso público y la desaparición de la caducidad de las autorizaciones administrativas cuando el titular cumpla los 70 años.

Finalmente, se procederá a la actualización de las farmacias de los centros de Atención Primaria, hospitales y centros de servicios sociales, la renovación de los derechos del usuario y la incorporación de sus deberes, la incorporación del régimen de reforma de los locales y de la autorización de aquellas oficinas donde se incumplan los deberes de dispensación de medicamentos, la actualización del régimen sancionador y del de incompatibilidades de profesionales y la regulación de los centros de distribución de medicamentos de uso humano, veterinario y de productos sanitarios.

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