Galicia regulará la información y publicidad de las farmacias también en el ámbito digital

La región prepara un nuevo decreto para regular las acciones publicitarias en las páginas web y redes sociales de estas oficinas

Oficina de farmacia. (EP)
27 octubre 2023 | 10:15 h

La Xunta de Galicia sacará adelante un nuevo decreto regulará la señalización, información, publicidad y actividades promocionales de las oficinas de farmacia de la región y boticas anexas. En el texto  se incorporará por primera vez al marco normativo los requisitos aplicables al ámbito digital -web y redes sociales-. De esta manera, si bien las oficinas de farmacia podrán disponer de páginas web propias, estas deberán estar registradas a nombre de la persona titular -o cotitulares-. Además, en el ámbito de las redes sociales, la información que se publique en sus perfiles deberá cumplir un mínimo conjunto de requisitos conforme a la nueva normativa.

En concreto, y con el ánimo de limitar todo aquello que pueda favorecer el consumo de medicamentos o productos sanitarios, queda prohibida la publicidad y promoción de la prestación de cualquier servicio profesional farmacéutico que realice la oficina de farmacia -en particular en aquellos relacionados con los medicamentos-; y de forma expresa la publicidad de los establecimientos de farmacia realizada a través de cartelería, marquesinas, medios de transporte o eventos sociales y deportivos; así como mediante cualquiera de los medios de comunicación.

Tampoco se permite la organización de eventos o actividades -físicas o virtuales- que tengan por objetivo la promoción de las farmacias y boticas, cuando su finalidad sea el incrementar ventas

Asimismo, las páginas web y redes sociales de las oficinas de farmacia no podrán ofrecer o enlazar ha herramientas de autodiagnóstico o automedicación. El proyecto de decreto también contempla que no podrán realizar actividades publicitarias a través de personas de relevancia científica, médica, cultural o social, así como con la colaboración con 'influencers', o cualquier otra persona con impacto mediático. También quedan restringidas las promociones vinculadas a las rebajas, blackfriday, cibermonday, o fechas similares.

Tampoco se permite la organización de eventos o actividades -físicas o virtuales- que tengan por objetivo la promoción de las farmacias y boticas, cuando su finalidad sea el incrementar ventas, y cuyo resultado pueda condicionar el ejercicio del derecho a la libre elección de oficina de farmacia por parte de la ciudadanía. El texto normativo entra ahora en la fase intermedia de tramitación, con la apertura de los trámites de audiencia e información pública.

SEÑALIZACIÓN DE LAS OFICINAS

El nueva normativa vendrá a sustituir al Decreto 107/2008 del 15 de mayo, también regulará las disposiciones relativas a la señalización e identificación de las oficinas de farmacia y boticas anexas. En este sentido, definirá y estandarizará los elementos de rotulación y soportes a emplear por los establecimientos farmacéuticos, con el objetivo de facilitar su localización por parte de la ciudadanía.

La Xunta ha destacado que la redacción de este nuevo proyecto se efectuó en colaboración con los colegios oficiales de farmacéuticos de Galicia

Sobre este particular y como novedad, no podrán utilizar un nombre comercial que coincida con el nombre y apellidos de la persona titular o cotitulares. Quedará prohibido el uso de nombres de ayuntamientos, lugares, parroquias, accidentes geográficos o similares, así como os nombres que tengan relación con el horario de apertura, y todos aquellos que puedan inducir a error o generar falsas expectativas en los usuarios. La Xunta ha destacado que la redacción de este nuevo proyecto se efectuó en colaboración con los colegios oficiales defarmacéuticos de Galicia.

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