La Xunta de Galicia y los Colegios Oficiales de Médicos de las cuatro provincias de la comunidad han cerrado un acuerdo de criterios para renovar el convenio que posibilita el acceso a los talonarios de recetas oficiales del Servicio Gallego de Salud por parte del personal médico jubilado que prestara sus servicios como facultativo en la sanidad pública asistencial gallega.
Tal y como informa Galicia, "con este acuerdo, el Ejecutivo gallego da cumplimiento al anuncio realizado por el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, durante el transcurso de la XIV edición del Encuentro médico del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de A Coruña, que tuvo lugar el pasado mes de junio en la ciudad herculina".
En los próximos días, el consejero de Sanidad, Julio García Comesaña, firmará con los presidentes de los colegios de médicos gallegos, este convenio de colaboración que facilita el acceso a la prescripción de medicamentos, exclusivamente, para uso propio, del cónyuge o pareja de hecho, y de sus beneficiarios legalmente reconocidos.
Los Colegios Oficiales Médicos se encargarán de notificar a las gerencias de las áreas sanitarias, cualquier tipo de incidente comunicado por el facultativo sobre los talonarios
"Los profesionales sanitarios interesados en el uso de estos talonarios de recetas oficiales del Sergas, deberán cubrir su correspondiente solicitud de autorización, que deberá ser tramitada a través del Colegio Oficial de Médicos correspondiente a la localidad de residencia del personal facultativo jubilado. Así, y tras ser facilitados por las gerencias de su respectivo área sanitaria, los propios Colegios de Médicos se encargarán de entregar los talonarios a los facultativos", recoge la Xunta.
Asimismo, los Colegios Oficiales Médicos se encargarán de notificar a las gerencias de las áreas sanitarias, cualquier tipo de incidente comunicado por el facultativo sobre los talonarios, así como de trasladar a los facultativos jubilados, toda la información relevante que sea remitida por el Servicio de Calidad y Seguridad de Medicamentos y Productos Sanitarios, o las normativas de aplicación general en relación con el empleo de las recetas médicas oficiales.