Extremadura aprueba la carrera profesional para el personal sanitario

El Consejo de Gobierno de Extremadura ha aprobado el abono de los complementos de carrera y desarrollo profesional del personal del Servicio Extremeño de Salud (SES).

José María Vergeles, consejero de Sanidad de Extremadura.
José María Vergeles, consejero de Sanidad de Extremadura.

Además de la aprobación del decreto por el que se convocan las elecciones autonómicas del próximo 26 de mayo, el Consejo de Gobierno de Extremadura ha aprobado también el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad relativo al abono de los complementos de carrera y desarrollo profesional del personal del Servicio Extremeño de Salud (SES).

Según ha informado la Consejería de Sanidad, en 2019 se procederá al abono del porcentaje del nivel cuatro de desarrollo profesional conforme establecía el Acuerdo de la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo sobre Carrera y Desarrollo Profesional en el SES.

Las medidas adoptadas serán también aplicables al personal temporal, según ha anunciado la Consejería de Sanidad

Desde el departamento que dirige el consejero José María Vergeles apuntan que “desde la Ley de Presupuestos Generales para la comunidad autónoma de Extremadura para 2011 permanecía bloqueado a todos aquellos profesionales que lo tuvieran reconocido con efectos económicos hasta ese año”.

Por otra parte, en este año se procederá al abono del 35% de aquellos niveles, tanto de carrera como de desarrollo profesional a aquellos profesionales que los tuvieran reconocidos con efectos administrativos hasta el 31 de diciembre de 2018 y cuyo abono se encontrara suspendido desde 2012 en virtud de las sucesivas Leyes de Presupuestos de la comunidad. Además, durante 2020 se procederá al abono del 70 % de dichas cuantías y, en  2021, se abonará el 100 %.

Por último, se procede a la modificación del Acuerdo sobre Carrera y Desarrollo Profesional en el Servicio Extremeño de Salud de 24 de octubre de 2005 y del Acuerdo de la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo, de 31 de enero de 2007, para que las medidas adoptadas sean también aplicables al personal temporal.

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