Condenan por primera vez a indeminizar a una mujer que sufrió una trombosis por la vacuna Covid-19

El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha de indemnizar con 40.000 euros a una mujer que sufrió una trombosis a causa de la vacuna frente a la Covid-19

Sentencia a favor de la mujer extremeña que sufrió una trombosis a causa de la vacuna del Covid-19 (Foto: Abogacía Española)
Sentencia a favor de la mujer extremeña que sufrió una trombosis a causa de la vacuna del Covid-19 (Foto: Abogacía Española)
Cristina Garay
17 mayo 2024 | 13:45 h

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha estimado el recurso de una mujer que sufrió una trombosis tras recibir la vacuna Janssen contra la covid-19, y condena al Servicio Extremeño de Salud (SES) a indemnizar a la recurrente con 40.000 euros.“Es la primera sentencia que concede una indemnización a un lesionado por la aplicación de la vacuna frente a la Covid-19”, afirma Alfredo Mate González, abogado que ha conseguido la sentencia.

La víctima ha necesitado tres intervenciones quirúrgicas y 526 días para alcanzar la estabilidad clínica, quedándole varias secuelas, entre ellas la pérdida de calidad de vida de carácter leve al tener que estar sometida a una dieta de por vida.

La mujer ha necesitado 3 intervenciones quirúrgicas, así como 526 días de estabilidad clínica; nunca podrá volver a su vida de antes

“La sentencia aplica el principio de solidaridad: existe responsabilidad patrimonial en los daños causados. Como la vacunación frente al covid perseguía objetivos de salud pública, y por tanto proteger a la sociedad, es ésta la que debe afrontar las consecuencias económicas de las lesiones sufridas. Además, la Administración aconsejó de forma forzada la vacunación”, explica el letrado.

Mate González aconseja a otros afectados en esta situación a que reclamen. “Para que el afectado reciba la indemnización, son necesarios algunos requisitos como lesiones de cierta importancia, cuya existencia, aunque pudiera ser infrecuente, fuese previsible. Por ejemplo, la posibilidad de trombosis estaba publicado en la Agencia de Española del Medicamento”.

El SES alegaba que desde que se puso la vacuna hasta que sufrió la trombosis habían pasado 56 días y que la paciente contaba con antecedentes familiares por lo que no cabía responsabilidad, algo que ha sido contradicho tanto por la Inspección Médica como por el Servicio de Hematología del Hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres. La sentencia no es firme y contra ella puede ser presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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