Recelo por el acuerdo enfermero catalán: "La sedación intervencionista-paliativa es un acto médico"

El Dr. Nacho García, presidente del sindicato de médicos catalanes Simecat, traslada su malestar por el reciente acuerdo del Consejo de Colegios de Enfermería de Cataluña para las actuaciones enfermeras en este ámbito

El Dr. Nacho García, presidente del sindicato de médicos catalanes Simecat atiende a ConSalud.es. (CS)
19 septiembre 2024 | 07:00 h

El reciente acuerdo del Consejo de Colegios de Enfermería de Cataluña, publicado este pasado 16 de septiembre en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC), y en el que se establecen directrices para el ejercicio de las actuaciones enfermeras en el ámbito de la sedación intervencionista y de la sedación paliativa, ha despertado el malestar del sindicato médico Simecat, hasta el punto de instar al propio Colegio de Médicos de Cataluña a que proceda a su inmediata impugnación.

Bajo bambalinas surge la inquietud de los facultativos por la posible atribución de unas competencias para el colectivo enfermero, hasta ahora exclusivamente en manos de los médicos. “El acuerdo invade completamente las competencias del médico, pero lo que me llama mucho más la atención es que, leyendo con atención las diez páginas del documento, no se recoge ni siquiera una vez la palabra médico o acto médico”, explica a ConSalud.es el Dr. Nacho García, presidente de Simecat.

La sedación intervencionista y paliativa es “una función que siempre ha correspondido al médico, que es el profesional responsable, y el resto del personal sanitario tiene el cometido de apoyar y cumplir las indicaciones que da el médico”

En la misma línea, el facultativo catalán no comprende cómo se puede dejar a su profesión fuera de este ámbito. “Resulta una cosa absolutamente sorprendente, bajo nuestro punto de vista, que el acuerdo hable de trabajo en equipo para enfocar la sedación paliativa y, sin embargo, al referirse a este punto omiten que tiene que haber un médico y que todos los actos que se hacen en la sedación intervencionista y paliativa son actos médicos”, asevera.

No en vano, la atribución de competencias a las profesiones sanitarios se encuentran reguladas por el artículo 36 de la Constitución Española y solamente pueden establecerse por ley, de manera que este acuerdo, pese a haberse publicado en el DOGC, “vulnera el mandato constitucional de reserva de ley en la regulación de las profesiones tituladas y, en concreto, de la profesión de enfermería”, aclara García, quien insiste en que los consejos generales no disponen de esta potestad legislativa para modificar las competencias atribuidas.

La sedación intervencionista y paliativa es “una función que siempre ha correspondido al médico, que es el profesional responsable, y el resto del personal sanitario tiene el cometido de apoyar y cumplir las indicaciones que da el médico”

La sedación intervencionista y paliativa es “una función que siempre ha correspondido al médico, que es el profesional responsable, y el resto del personal sanitario tiene el cometido de apoyar y cumplir las indicaciones que da el médico”. En concreto, prosigue el responsable sindical, esta labor de sedación en los hospitales la llevan a cabo “multitud de especialidades médicas, sobre todo, en plantas de Medicina Interna y en las unidades de cuidados intensivos”.

Simecat advierte a las enfermeras de que adoptar estas competencias puede llevarlas a incurrir en “graves responsabilidades profesionales”, además de ser acusadas de “intrusismo profesional”. Así, reitera que llevar adelante lo recogido en el acuerdo supondría “una clara vulneración de la legalidad vigente”, tanto de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias como de la Ley de Uso Racional del Medicamento, pasando por la Ley de Autonomía del Paciente y demás ordenamiento jurídico en el ámbito.

“Esperamos algo más por parte de las autoridades médicas catalanas para proteger al colectivo de estas intromisiones competenciales”

Tratando de buscar una explicación a la cada vez más extendida ampliación de las competencias enfermeras -sirvan como ejemplo las diferentes Guías de prescripción enfermera en España-, el Dr. García no cree que la posible falta de médicos sea “una excusa suficiente”. De esta manera, aclara que estas sedaciones se dan principalmente en el ámbito hospitalario o de centros sociosanitarios, como residencias de mayores; lugares donde  “siempre hay personal médico las 24 horas del día”.

Por todo lo anterior, desde Simecat reiteran su petición al Colegio de Médicos de Cataluña, así como a los diferentes órganos colegiales provinciales -Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona-, de elevar una protesta de impugnación sobre lo recogido en el último acuerdo  enfermero. “Esperamos algo más por parte de las autoridades médicas catalanas para proteger al colectivo de estas intromisiones competenciales”, concluye el responsable del sindicato de facultativos.

NO HAY RESPALDO LEGAL

En este sentido, el presidente del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, Josep Vilaplana, quiso reflejar también de manera tajante su parecer respecto a este acuerdo enfermero recogido en el DOGC. Concretamente, este pasado martes, en una publicación de X, el presidente colegial expresó que “Cataluña no estrena ni instaura nada. Los documentos del Consejo de Enfermería no son normativos y la seguridad del paciente prevalece frente a las intenciones de un colectivo que no tiene los conocimientos para hacerlo”.

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