El Hospital Parc Taulí de Sabadell y el Servei Català de la Salut (CatSalut) deberán indemnizar con 200.000 euros al esposo y a los hijos de una paciente que falleció en su domicilio tras recibir el alta después de ingresar por un ictus. Así lo ha sentenciado el Juzgado Contencioso 15 de Barcelona.
La sentencia, que ha avanzado la Cadena Ser y a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que a la paciente se le dio el alta "de forma precipitada", de acuerdo con la declaración de varios testigos, entre los que constan trabajadores del centro hospitalario.
La sentencia recoge que a la paciente se le dio el alta "de forma precipitada", de acuerdo con la declaración de varios testigos
La mujer ingresó en el hospital el 20 de febrero de 2020 y, un mes después, el 20 de marzo de 2020 por estabilidad clínica y las condiciones derivadas de la pandemia del Covid-19 "se decide darle el alta a domicilio con acuerdo de la paciente", recoge la sentencia, fijando una consulta para hacerle seguimiento el día 26 de ese mes.
Tras esta visita, en la que le quemaron unos granulomas tras expulsar un coágulo de sangre, la paciente comenzó a experimentar "síntomas de ahogamiento" y, mientras sus familiares esperaban a que llegase una ambulancia, finalmente falleció.
"DEFICIENTE ATENCIÓN SANITARIA"
La parte demandante denunció que la mujer "fue víctima de una deficiente atención sanitaria, pues, a pesar de sufrir severos problemas, se la remitió a su domicilio en el contexto de la psicosis creada por la Covid-19".
La parte demandante denunció que la mujer "fue víctima de una deficiente atención sanitaria, pues, a pesar de sufrir severos problemas, se la remitió a su domicilio"
El juez se basa en la declaración de los sanitarios y destaca la de una enfermera que, al ser preguntada por si el alta se debió a la necesidad de tener espacio para los pacientes ingresados por Covid, respondió que sintió "desahogo al poder hablar con el esposo horas antes porque pudo informarle de cómo debía preparar la toma de alimentación" de la paciente, una información que, en sus palabras, no era una lección fácil de entender.
Por todo ello, condena al Parc Taulí y al CatSalut a indeminzar con 200.000 euros al esposo y a los hijos de la fallecida por los daños morales ocasionados, pero descarta resarcir económicamente a la madre y al hermano de la misma, que también reclamaron.