El Juzgado de lo contencioso administrativo 16 de Barcelona ha avalado la decisión de un Ayuntamiento de la comarca barcelonesa del Maresme tras negarse a matricular en una guardería municipal a un niño que no estaba vacunado.
La sentencia surge tras la denuncia interpuesta por los padres del menor, el pasado 31 de mayo, contra el Consistorio de la localidad por una presunta vulneración del derecho a la libertad ideológica, al rechazar la matriculación de su hijo en un centro educativo por no estar vacunado.
Ante los hechos, la magistrada encargada del caso, Laura Mestres, emitió el pasado 8 de enero una sentencia en la que sostiene que “No existe atisbo de vulneración ideológica”, puesto que “nadie ha obligado a vacunar a su hijo”.
La jueza defiende que la familia olvida el derecho a la salud de los demás niños al querer matricular a su hijo
La familia sostenía que la negativa de admitir a su hijo por no cumplir con el calendario vacunal “supone negar la pluralidad de credos y posicionamientos ideológicos”, además señalaron que las vacunas “también tiene riesgos y no siempre funcionan”.
Sin embargo, la jueza, tajante en su sentencia, apunta que los padres “olvidan los derechos de los demás, ya que entienden que su derecho a asistir a una guardería es superior al derecho a la salud del resto de los niños”.
El despacho que llevaba la defensa del ayuntamiento, Coll & Silveira Advocats, contó con un experto del Hospital Vall d’Hebron de Barcelona que catalogó de “carencia de aval científico” la argumentación de la familia ya que “ninguna institución pública, gobierno, administración pública ni comité o sociedad científica avala no vacunar”.