La sanidad mortuoria, nuevo quebradero de cabeza para las CC.AA.

La Consejería de Sanidad de Castilla y León eliminará el plazo para el traslado de cadáveres

La Consejería de Sanidad trabaja en una nueva normativa actualizada en esta materia.
13 diciembre 2018 | 00:00 h

Las comunidades autónomas comienzan a actualizar su legislación sobre sanidad mortuoria. Además de Comunidad Valenciana y País Vasco, la Consejería de Sanidad de Castilla y León prepara un decreto para suprimir el plazo de espera de 24 horas establecido para el traslado de cadáveres, según la información de Ical publicada en Diario de Burgos.

El departamento que dirige Saéz-Aguado ha iniciado el proceso para elaborar una normativa que modifique la actual sobre policía mortuoria (aprobada en 2005) una vez que la Junta ya ha sustituido la autorización para el traslado de cadáveres por una comunicación previa.

El departamento que dirige Saéz-Aguado se encuentra elaborando un nuevo decreto que actualice la sanidad mortuoria en la comunidad

Sanidad ha abierto un procedimiento de consulta en el portal de Gobierno Abierto de la Junta, siguiendo la estela de la ‘Guía de Consenso en Sanidad Mortuoria’, que se enmarca en la ponencia de Sanidad Exterior-Sanidad Mortuoria aprobado por la Comisión de Salud Pública en julio de este año.

CAMBIOS

La Consejería defiende la eliminación del tiempo de espera de 24 horas para proceder a la conducción ordinaria o al traslado de un cadáver, que tiene como objetivo acabar con los “importantes trastornos” que este plazo genera a los familiares y seres queridos del fallecido. Se habilita también que estos traslados puedan ser efectuados en féretro común.

Además, por otra parte, se regula la figura del tanatopractor para la realización de las prácticas de conservación transitoria y embalsamamientos.

El nuevo decreto modifica los requisitos para las inhumaciones, sin que suponga "merma alguna” de las garantías para de protección de salud pública. Concretamente, se permitirán las inhumaciones directamente en tierra bajo las condiciones que fije la administración que actúe como policía sanitaria mortuoria.

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