La Audiencia Provincial de León, Sección 3º ha dictado Sentencia, tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, que confirma la condena impuesta a un año de prisión y tres de inhabilitación por el Juzgado de lo Penal nº 1 de León, a una doctora como consecuencia de un homicidio por imprudencia profesional por el fallecimiento de una paciente.
La Audiencia Provincial desestimó todos los motivos del recurso formulado por la doctora frente a la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de León que la condenó en primera instancia, y lo hace con durísimos argumentos. Califica la actuación de la doctora condenada como una grave imprudencia, caracterizada por las notas de dejación, abandono, negligencia y descuido en la atención a la paciente, con omisión de las precauciones y cautelas más elementales, imperdonables e indiscutibles a un profesional de la medicina.
La Audiencia Provincial califica como “torpe” la actuación de la doctora
Confirmando los hechos declarados probados en la sentencia de instancia, considera que la condenada, haciendo caso omiso del estado físico de la pacientey de los documentos médicos que apreciaban una posible hemorragia cerebral, no acordó ningún estudio neurológico, ni pruebas diagnósticas específicas, ni si quiera su ingreso hospitalario. Sin que el hecho de ser MIR de primer año pueda justificar su actuación, que califica como “torpe”, pues era su obligación haber recabado la asistencia de su médico adjunto, lo que tampoco hizo.
En conclusión, la Audiencia Provincial confirma en todos sus términos la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de León., por la que se le impuso la condena de 1 año de prisión y 3 de inhabilitación para el ejercicio de su profesión. Habiendo indemnizado por estos hechos la aseguradora de la doctora condenada a las hijas de la paciente la suma de 200.000 Euros.