Sanidad regula la presentación de reclamaciones y sugerencias en los centros y servicios del Sescam

Las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias se presentarán a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Fachada de la sede del Sescam (Foto: EP)
Fachada de la sede del Sescam (Foto: EP)
CS
3 diciembre 2024 | 12:15 h

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este martes un decreto de la Consejería de Sanidad por el que se regula la presentación y tramitación de las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias que se formulen al funcionamiento de las actividades y servicios desarrollados en las instituciones sanitarias dependientes, así como de los centros, servicios y establecimientos sanitarios vinculados al Sescam.

Según publica el DOCM, este decreto resulta de aplicación a todos los centros y servicios sanitarios dependientes del Sescam, así como a los centros, servicios o establecimientos sanitarios vinculados al mismo; y entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Asimismo, el decreto apunta que toda persona tiene derecho a presentar reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias sobre el funcionamiento de los centros y servicios sanitarios dependientes del Sescam, así como de los centros, servicios y establecimientos sanitarios privados vinculados al mismo.

Las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias se formularán por escrito, en formato electrónico o en papel

Queda excluida del ámbito de aplicación, las reclamaciones y quejas relativas al funcionamiento de los servicios administrativos no sanitarios, las reclamaciones de responsabilidad administrativa patrimonial, las reclamaciones previas a la vía judicial, los recursos administrativos y demás pretensiones no incluidas en los supuestos anteriores, que se regirán por su normativa específica y serán remitidas por la unidad receptora al órgano competente. Tanto las personas reclamantes, como las distintas unidades o servicios implicados en los hechos de que se traten, tienen el deber de colaborar con la tramitación de las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias presentadas.

Además, cuando el órgano tramitador precise comprobar, verificar o investigar algún dato de las partes reclamante o reclamada, podrá requerir a las mismas su colaboración para que la presten en un plazo de diez días hábiles. La falta de colaboración con la Administración de la parte reclamante podrá dar lugar a tenerla por desistida de su reclamación, procediendo al archivo de las actuaciones.

PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES

Las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias se formularán por escrito, en formato electrónico o en papel y podrán ser formuladas a título individual o de forma conjunta por una pluralidad de personas. En este último caso, se deberán aportar los datos de identificación de todas las personas interesadas. Las actuaciones a que den lugar se efectuarán con la persona representante o la interesada que expresamente hayan designado y, en su defecto, con el que figure en primer término.

El modelo será el mismo, tanto para su presentación presencial como a través de la sede electrónica, firmados según proceda

El modelo será el mismo, tanto para su presentación presencial como a través de la sede electrónica, firmados según proceda. La persona interesada podrá aportar también documentación o información adicional, unida al escrito de formulación o bien en formato digital. Los modelos normalizados estarán a disposición de las personas usuarias en los centros sanitarios dependientes o vinculados al Sescam, en el registro de los servicios centrales del Sescam y en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La formulación de una reclamación no impide ni condiciona el ejercicio de cuantas reclamaciones, derechos o acciones de carácter administrativo o judicial puedan corresponder a la persona usuaria, ni supondrá la paralización de los plazos para su interposición. Las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias podrán presentarse a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es), así como en la web del Sescam (http://sescam.castillalamancha.es) y en los registros o lugares especificados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, en los centros sanitarios dependientes o vinculados al Sescam.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído