El Juzgado de lo Social número nueve de Las Palmas de Gran Canaria y su provincia ha condenado al Servicio Canario de Salud (SCS) a abonar una indemnización de 195.695,77 euros a una enfermera que quedó incapacitada tras sufrir una agresión por parte de un paciente de urgencias psiquiátricas, por “incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales”.
Según detalla la sentencia, dictada el pasado 28 de enero por el magistrado Óscar González Prieto, la afectada, de 34 años cuando sucedieron los hechos en el otoño de 2015 , prestaba su servicio como personal estatutario eventual realizando funciones de enfermería en la unidad de Urgencias Psiquiátricas del Hospital Doctor Juan Negrín de Gran Canaria.
La trabajadora no había recibido formación ni información en materia preventiva
La enfermera se encontraba en su puesto acompañada de una auxiliar asistiendo a un paciente psiquiátrico, y cuando éste observó que la auxiliar se dirigía al servicio, “aprovechó para intentar escapar”. La enfermera le pidió que volviera a la zona de paciente, y el aludido se negó “de forma agresiva”.
“En un intento de tranquilizar al paciente”, expone el magistrado, la enfermera “puso su mano en el hombro de éste”, que reaccionó “agarrando del brazo izquierdo” a la profesional. La trabajadora solicitó auxilio de su compañera, que acudió inmediatamente, “consiguiendo entre las dos que el paciente se relajara y volviera al servicio, soltándole el brazo”, detalla la resolución.
El mismo día de los hechos, la enfermera recibió asistencia sanitaria de lo que en principio no iba más allá de un “esguince de muñeca” pero, advierte la resolución, “la evolución de la patología fue inusualmente tórpida”, hasta provocar en la mano una inmovilidad que derivó en la declaración de incapacidad laboral permanente el 25 de mayo de 2017.
Recuerda la sentencia el Servicio Canario de Salud elaboró en 2006 un Plan de Prevención de las Agresiones a los Trabajadores, que preveía una serie de medidas de seguridad que, al menos en este caso, no se llevó a cabo.
No consta documentada evaluación de riesgos laborales del servicio de urgencias del Hospital Doctor Juan Negrín de Gran Canaria, ni de puestos de trabajo. La trabajadora no ha recibido formación ni información alguna en materia preventiva, enumera el fallo, “no consta que en Plan de Prevención de las Agresiones a los Trabajadores del Servicio Canario de Salud se haya facilitado a la trabajadora”.