La consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias, Teresa Cruz, y el decano del Colegio Notarial de las Islas Canarias, Antonio Caballé, han firmado la adenda que prorroga el convenio de colaboración que facilita el otorgamiento de las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario para el ejercicio del año 2020.
La Manifestación Anticipada de Voluntad (MAV) es un documento que recoge por escrito las instrucciones y opciones del otorgante con respecto a los cuidados de su salud y tratamientos a aplicar o no, por si se encontrara en situación de no poder expresar su voluntad al respecto en el momento de ser necesaria la actuación sanitaria o, una vez fallecido, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos. El documento de MAV será respetado por el personal sanitario que atienda al paciente que la ha formulado, garantizando que el consentimiento o rechazo al tratamiento sanitario en él indicado producirá sus efectos cuando dicho paciente se encuentre clínicamente en el supuesto que ha descrito, ya que recibir o no la actuación sanitaria en ese momento es la preocupación manifestada en el citado documento de MAV.
12.993 personas han suscrito una MAV en Canarias
Desde que se pusiera en marcha este servicio, un total de 12.993 personas han realizado una Manifestación Anticipada de Voluntad, de las cuales 1.376 lo hicieron durante este año. Del total realizadas a lo largo de 2019, 477 lo hicieron en las oficinas notariales y el resto, 867, ante funcionarios de la Consejería de Sanidad y tan sólo 32 en la modalidad ante tres testigos.
Por cada manifestación anticipada de voluntad otorgada ante notario, la Consejería de Sanidad abonará una cantidad presupuestada y cada documento será remitido al Registro Administrativo creado en la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias.
FUNCIONAMIENTO
Las MAV pueden realizarse, de forma gratuita, ante los funcionarios encargados del Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad de la Consejería de Sanidad o ante cualquier notario perteneciente al Colegio Notarial de Canarias, una vez que se cuente con la autorización pertinente, en virtud de a colaboración establecida entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de Canarias, desde el año 2007. Esta colaboración facilita el ejercicio de este derecho a las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
La MAV recoge por escrito las instrucciones y opciones del otorgante con respecto a los cuidados de su salud y tratamientos a aplicar o no, en caso de no poder expresar su voluntad
También existe la opción de otorgar la MAV ante tres testigos siguiendo las indicaciones del Decreto 13/2006, de 8 de febrero, por el que se regulan las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario.
Además, con el fin de hacer más accesible este servicio, las Gerencias de Servicios Sanitarios de las islas no capitalinas irán habilitando registros que hagan más accesible este derecho. En octubre de este año, se inició la actividad de dicho registro en el Hospital Dr. Molina Orosa de Lanzarote.
PEDIR CITA PREVIA
Para realizar una MAV deberá pedirse cita previa en el teléfono 012 (o a través del 928 301 012 o en el 922 470 012), donde se informará sobre los procedimientos para otorgar el documento.
El personal sanitario del Servicio Canario de la Salud comprueba que se ha hecho una MAV consultando los datos de Historia Clínica Informatizada del paciente, tanto en Atención Primaria como en Atención Especializada. En las Clínicas privadas, las MAV serán llevadas de forma voluntaria por los otorgantes si así lo desean.